10.53557/Elecciones.2021.v20n21.06
Artículos
<[email protected]> Red de Politólogas, España
ORCID: 0000-0001-9850-4546
[Resumen]
El porcentaje de mujeres jóvenes en América Latina y el Caribe se encuentra en el 25% (Comisión Económica para América Latina y el Caribe 2020). Así, la participación política de las mujeres como parlamentarias debería ser una proporción similar. En este trabajo se analiza si a ma- yor avance en las reformas electorales de género, también aumenta la participación política de las mujeres jóvenes como legisladoras en cinco países de la región (Argentina, Chile, Uruguay, Colombia y México). Para ello, se analizan las restricciones de acceso por edad a los parlamentos y la cantidad de mujeres menores de 40 años en las legislaturas, para, finalmente, relacionar ambos hechos con el avance hacia la igualdad sustantiva de cada uno de los países. [Palabras clave] Juventudes, representación política de las mujeres jóvenes, paridad de género, cuotas juveniles, América Latina. [Abstract]
The percentage of young women in Latin America and the Caribbean is 25% (ECLAC, 2020). Thenfor the political participation of women as parliamentarians should be a similar proportion. This paper analyzes whether the greater the advance in gender electoral reforms, the political participation of young women as legislators also increases in 5 countries of the region (Argentina, Chile, Uruguay, Colombia and Mexico). This study analyzes the age restrictions to access parliaments, the number of women under 40 in legislatures, and the progress towards substantive equality achieved by each country. [Keyword] Youths, women’s political representation, gender parity, youth affirmative action, Latin America. [Recibido] 02/04/21 y [Aceptado] 28/05/21 1. Introducción El porcentaje de jóvenes en América Latina y el Caribe asciende a 25,6%, lo que equivale a que una de cuatro personas en la región es joven ( En los procesos electorales en Latinoamérica, la situación que enfrentan las mujeres jóvenes es la exclusión política. Una de las discriminaciones más fuertes que deben afrontar las mujeres es la etaria. Es más, la participación política de las jóvenes en la región no es un tema de estudio. A esto se le suma la escasa información y datos disponibles sobre su participación política en la esfera pública lo que dificulta la investigación en este apartado. Por su parte, las prácticas políticas de las jóvenes latinoamericanas y sus múltiples formas de organización y de acción en el ámbito público -no necesariamente ligada al Estado- las constituye como sujetas políticas con voz y acción para la transformación democrática. Esta presencia de las mujeres jóvenes como actoras políticas todavía no se traduce en una representación política en los puestos de toma de decisiones. En la mayoría de países de América Latina, existe una brecha entre la edad en que la persona se encuentra habilitada para ejercer el derecho político del voto y la edad en que puede ser electa a un cargo público. Tal como muestra la Tabla 1, de los países estudiados la edad promedio para acceder a diputaciones es de 25, mientras que para senadurías esta aumenta hasta los 30 años. Estos datos dan cuenta de la desconfianza política hacia las juventudes y sus capacidades.
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles en cada uno de los países. Es más, estas brechas son mayores si se tiene en cuenta el tiempo de espera para que las personas jóvenes logren acceder a los parlamentos. Según los datos reportados por el informe de la Unión Interparlamentaria (UIP), la edad promedio de legisladores y legisladoras en el mundo oscila entre los 41 y 70 años, y tan solo el 2,2% de personas en el Parlamento son menores de 30 años ( En esta línea, siguiendo a la Todo lo anterior evidencia que la igualdad efectiva en la representación legislativa a favor de las juventudes no es una tarea urgente para los Estados, y sigue estando la agenda juvenil y de género como pendiente. En relación a las reformas electorales de género, estas han posibilitado el acceso de las mujeres a las candidaturas para cargos de representación popular y de esta manera se ha logrado el aumento del número de escaños ocupados por mujeres en el poder legislativo ( En la Declaración de Brasilia2 se incluyó la promoción de la participación juvenil en la conformación de las listas electorales, y se enfatizó especialmente en la identidad de género, las poblaciones indígenas, y las y los afrodescendientes. Sin embargo, las jóvenes de la región siguen reclamando escaños reservados para la diversidad de mujeres y denuncian que su participación política es prácticamente nula ( En este sentido, en algunos países se han tratado de impulsar leyes de juventudes que también pretendían mejorar la representación juvenil en los espacios de toma de decisiones. A diferencia de las cuotas de género, estas cuotas juveniles quedaron a discreción de los partidos políticos. Como señala Mario Isaías Por todo lo anterior, este estudio pretende demostrar que los países seleccionados que han avanzado en leyes de paridad y presentan mayor participación de mujeres como legisladoras también ostentan más mujeres jóvenes como parlamentarias; mientras que en los países que tienen menores avances en cuotas de género la participación de las mujeres jóvenes también será en menor proporción. 2. Discusión teórica Este apartado consiste en un breve análisis de las juventudes que parte de la perspectiva de género. Esto implica incorporar a las juventudes a los trabajos feministas. Además, se relaciona lo anterior con la compresión de las juventudes como factor de cambio social. Y, de esta forma, se puede materializar el empoderamiento de las mujeres que servirá, a su vez, de preámbulo para referirse a la participación política de las mujeres en general y focalizarse en las jóvenes. En este estudio se entienden las juventudes como una categoría relacional ( En este sentido, el uso del concepto de juventudes es funcional a la puesta en evidencia de esta diversidad de trayectorias biográficas juveniles de mujeres en distintas circunstancias, las cuales se encuentran atravesadas por su identidad de género y/o sexual, sus condiciones socioeconómicas, la etnia, la generación, entre otras. Esto implica entender a las juventudes como marcos estructurales no reductibles a un conjunto homogéneo ( Una vez contextualizada la heterogeneidad del término juventudes, es necesario retomar la socialización diferencial de género. De esta manera, las trayectorias y formas de expresión de chicas y chicos se van construyendo sobre la base del aprendizaje dicotómico de lo que se considera femenino y masculino. De acuerdo con Relacionado con lo anterior, Sánchez (citado en La propuesta de reflexión de las juventudes de las mujeres se entiende como la estrategia de impulsar el empoderamiento de las mujeres jóvenes como agentes de cambio dentro de sus propias comunidades. Tradicionalmente desde los estudios de sociología de la juventud, y también desde la práctica en el ámbito político, se asociaron las juventudes con las posibilidades de cambio social ( Si se focaliza en la participación política de las jóvenes, primero es necesario reflexionar sobre los orígenes de la participación política desigual de mujeres y hombres en el ámbito público. En este sentido, estas desigualdades de género tienen que ver con las relaciones estructurales de poder, de dominación masculina heteronormativa y privilegios masculinos: colectivos de varones que ostentan otros privilegios de clase y raza, entre otros. De forma que el espacio público y político, históricamente, ha sido el escenario privilegiado del hombre. Dicho de otra forma, la esfera de las instituciones públicas y organizaciones políticas -sus dinámicas de funcionamiento, códigos, lenguajes y normas- fueron creadas bajo la omnipresencia de los varones. Por tanto, tal como constata Siguiendo a La participación política de las mujeres en la región cuenta con avances significativos, aunque estos son desiguales, heterogéneos e insuficientes. En los últimos 30 años se han realizado más de 40 reformas electorales inclusivas en materia de género en 17 países latinoamericanos ( De los países que se focalizan en este estudio, Argentina (1991) fue pionera en implementar las cuotas de género; y le sigue México3 en 2014. En la actualidad, México y Argentina han adoptado la paridad vertical4 para conformar las listas legislativas plurinominales, y México aprobó la paridad horizontal5 en las candidaturas uninominales. En Chile, la ley está en un 40% en obligatoriedad de representación de mujeres y Colombia en el 30%. En el caso de Uruguay, a fines de 2017 se aprobaron modificaciones de la legislación sobre cuotas de 2009 (del 33%) que regula la participación de hombres y mujeres en todos los cargos electos de forma indefinida. Siguiendo la temática de las cuotas, estudios como los de Según datos del "Mapa Mujeres en Política: 2020" de la Unión Interparlamentaria (UIP) y ONU Mujeres, el número de mujeres en cargos electos a través de partidos políticos en América Latina y el Caribe se ha estancado, con una caída drástica de las mujeres jefas de Estado/Gobierno, luego de finalizados los gobiernos de Mireya Moscoso en Panamá (1999-2004), Cristina Fernández en Argentina (2007-2015), Laura Chinchilla en Costa Rica (2010-2014), Dilma Rousseff en Brasil 2011-2016) y Michelle Bachelet en Chile (2006-2010 y 2014-2018). En 2018 asumió Paula-Mae Weekes como presidenta de Trinidad y Tobago, de manera que solo queda una mujer, tras una década insólita con cuatro mujeres como presidentas -al mismo tiempo- que tuvieron que romper techos de vidrio en la región. Desde ese mismo año, en Costa Rica se encuentra Epsy Campbell Barr, mujer afrodescendiente, como Vicepresidenta. Si bien es cierto que la política continúa siendo "cosa de hombres" en América Latina ( De esta manera, a pesar de la igualdad formal ante la ley y la introducción de mecanismos de acción afirmativa (como las leyes de cuota de género y de paridad), las mujeres todavía hoy se encuentran con restricciones e impedimentos tanto para acceder a la política como para la continuidad de dicha participación. Las situaciones de discriminación y violencia política se sustentan sobre la base de este orden patriarcal que justifica la presencia, por excelencia, masculina como ámbito de actuación propio de los varones y naturaliza esta exclusión de más del 50% de la población: las mujeres. Así, en el ámbito político, y concretamente en los partidos políticos, se reproduce la lógica de funcionamiento patriarcal de discriminaciones de género, estereotipos sexistas, actos y actitudes de menosprecio cotidianos por sus pares varones bajo el supuesto disfraz de relaciones naturales entre hombres y mujeres. De modo que, tal como rescatan El concepto de empoderamiento se ha utilizado extensamente, y en este marco teórico se quiere evitar uno de los riesgos que advierte En este sentido, en este trabajo se entiende como necesaria la autonomía y el fortalecimiento de las mujeres para asegurar la efectiva participación de las mujeres. Así, para fortalecer su ciudadanía y ampliar su participación en los procesos de toma de decisiones y en las esferas de poder, es necesario el empoderamiento. Este empoderamiento debe erigirse como el elemento fundamental para la participación política de las mujeres, y se comprende como la capacidad de generar el desarrollo de una conciencia crítica como factor de autoemancipación. En esta línea, Flavia Finalmente, si se focaliza en la participación de las mujeres jóvenes, la participación se analiza como derecho y ejercicio de ciudadanía. Por tanto, se entiende que las habilidades de la práctica democrática no se adquieren al nacer, sino que se aprenden, y en la medida que las jóvenes se involucren en procesos de participación, se constituyen como un motor multiplicador de construcción de ciudadanía juvenil. 3. Metodología Este documento es una investigación comparada empírica retrospectiva, de tipo no experimental transversal, fundamentalmente de carácter descriptivo. En esta publicación la comparación constituye el método de control del alcance de las hipótesis ( En esta pretensión de delimitar el método comparado, la unidad de análisis del estudio propuesto son países. Los países seleccionados son cinco que tienen sistemas parlamentarios bicamerales: Argentina, Chile, Uruguay, Colombia y México. Dicha selección es discrecional, teniendo en cuenta que abarca países con paridad vertical y horizontal, con cuotas de género y países con implementación tardía de medidas de acción afirmativa. Además, se tuvo en cuenta la disponibilidad de información estadística de legisladores y legisladoras por edad. La fuente de información es el análisis de datos y de documentos. 4. Análisis de datos Este estudio se focalizará en cada uno de los cinco países seleccionados para dar cuenta del avance de las reformas electorales por razón de género y de algunos de los hitos contemporáneos del movimiento de mujeres para relacionarlo con el análisis de la presencia de mujeres jóvenes en las Cámaras. 4.1 Argentina Argentina fue pionera en el mundo al aprobar las cuotas de género en 1991, que obligó a los partidos políticos a incluir un 30% de mujeres en sus listas. En el marco de la tercera ola de las reformas electorales de género, en Argentina se aprobó la ley de paridad de género en las listas legislativas en noviembre de 2017. Concretamente la paridad vertical en las candidaturas para los distritos plurinominales. En este marco, es necesario resaltar que los movimientos de mujeres en Argentina han procurado dotar a las políticas públicas de una perspectiva de género. Tal como indica Dora El Ni Una Menos de 2015 significó la ampliación de los feminismos, con la entrada masiva de muchas jóvenes y adolescentes que habitaban el espacio público con sus cuerpos. Dora Barrancos hace alusión a este fenómeno de masividad utilizando la metáfora de romper la capilla sixtina del feminismo. Y, además, las jóvenes muestran nuevas formas de ocupar las calles que transgreden con lo tradicional; Diana Maffía lo define como una nueva manera de habitar el espacio público y lo ve como una "disrupción generacional" ( En 2018 se gestó la agenda transversal por el aborto legal, seguro y gratuito, más allá de ideologías políticas, clases sociales e intergeneracional que contagió gran parte de Latinoamérica y otras latitudes. Las autoras lo consideran como un caso de innovación política feminista, no solo por el enorme potencial político de las mujeres para ampliar la agenda feminista, sino también por incidir en la transformación del ejercicio de la democracia y así, mostrar nuevas formas de hacer política. Fue en diciembre de 2020 cuando se alcanzó el hito histórico de aprobación de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Después de la primera elección con paridad en el país y de la incidencia política de los movimientos feministas; en las diputaciones, las mujeres representan el 41,2% estableciéndose un incremento de casi tres puntos en comparación con la legislatura anterior (2017-2019). Por su parte, en el Senado se registra una participación de mujeres del 40,3%, prácticamente igual a la composición del bienio anterior.7 Si se focaliza en los datos sobre la edad, el promedio de las y los legisladores es de casi 52 años. En general, el porcentaje de mujeres menores de 40 no llega al 10%, y de menos de 30 no alcanza el 2% de las legisladoras. En la Cámara de Diputados, el porcentaje de menores de 40 años es poco representativa con 24 diputadas que representan el 22% (Gráfico 1) y en las menores de 30 este número se reduce a 3 mujeres jóvenes (Tabla 2). En parte, estos números se deben a las restricciones en la Constitución Nacional para acceso a los cargos, Tabla 1, 25 años para diputadas y diputados. En este sentido, en el Senado, los números son mucho menores -tan solo 4 jóvenes senadoras-, y no hay menores de 30 porque la edad mínima para el acceso al Senado es de 30.
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles de la UIP.8 Sin embargo, si se compara el número de legisladoras jóvenes versus sus pares varones en menores de 40, los porcentajes son los mismos. E incluso en menores de 30, las mujeres representan un porcentaje ligeramente mayor: 1,17% versus 0,78%. Esta representación equilibrada entre mujeres y hombres jóvenes responde a la ley de paridad implementada desde 2019. Gráfico 1. Argentina: Diputadas según edad
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles de la UIP 4.2 Chile Chile es uno de los países de incorporación tardía de las cuotas para las elecciones legislativas nacionales. Así, se suma a la tercera ola de las reformas electorales de género con la ley de 2015. En esta se establece una cuota del 40% de obligatoriedad de candidatas mujeres para los partidos políticos en cada distrito electoral, y así mantener el voto por candidatura individual; a partir de las elecciones de 2017 hasta las de 2029. Además, se determina que en la conformación de las listas de candidaturas ningún sexo puede estar representado por sobre un 60%. El estallido social chileno de octubre de 2019 puso en el foco las condiciones estructurales de desigualdad. Las movilizaciones de 2019 trataron de reducirse por medio de la represión y criminalización de las protestas por parte del gobierno. Sin embargo, continuó el desafío de los y las jóvenes, y el hecho de mostrar que no tenían miedo frente la declaración del estado de emergencia, las fuerzas militares en las calles y el toque de queda en varias regiones del país. Después de las históricas elecciones de mayo de este año, Chile tendrá la primera Constitución paritaria del mundo con 78 hombres y 77 mujeres. Este logro fue posible debido a la protesta social y la incapacidad de las instituciones por canalizar las demandas ciudadanas, sumado al impulso de las organizaciones de mujeres entre las que jugó un papel fundamental la Red de Politólogas de Chile. Es necesario resaltar que la Siguiendo con la representación política, tal como indica Julieta Suárez-Cao (2021b), en 2017 la cuota del 40% se tradujo en menos del 23% de incorporación de mujeres a las cámaras legislativas. Las elecciones constituyentes de ese año fueron simultáneas con las municipales y regionales. Si se centra el análisis sobre la edad, la media de las personas legisladoras es de casi 50 años. En general, el porcentaje de mujeres menores de 40 es del 8% frente al 18% de varones. Mientras que las menores de 30 solo representan 4,5% y los varones no llegan al 4%. En la Cámara de Diputadas y Diputados, las menores de 40 representan el 37,1% del total de las diputadas (Gráfico 2). Siguiendo la Estas disparidades entre la representación de varones y mujeres en las cámaras responden a que Chile fue uno de los últimos países de la región en avanzar en cuotas de género. Gráfico 2. Chile: Diputadas según edad
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles de la UIP. 4.3 Uruguay Uruguay ostenta una larga tradición democrática. Su peculiar sistema de partidos contuvo la fragmentación partidaria mediante el sistema de fracciones que representan distintos grupos dentro de un mismo partido. Esta pluralidad -propia de los gobiernos de coalición- permitió que entrara en escena un tercer partido (Frente Amplio) y se consolide un sistema pluralista moderado ( Este país registra grandes avances en su agenda de derechos de las mujeres. De hecho, Uruguay fue de los primeros en el mundo (1932) en otorgar la ciudadanía política a las mujeres sin restricciones. Además, el Parlamento uruguayo presenta una bancada feminista bicameral desde 2010, que sirve como un espacio de articulación entre legisladoras de distintos partidos ( En relación a la legislación sobre las cuotas9 del 33,3%, se establece la obligación de incluir personas de ambos sexos en cada terna (tres lugares sucesivos) de candidaturas (titulares y suplentes) en las listas presentadas en elecciones nacionales y subnacionales ( Si se hace referencia al análisis de la edad, el promedio de edad de las personas legisladoras es de 48,68 años. Solamente el 5,05% de las legisladoras son menores de 40, mientras que los jóvenes menores de 40 representan el 26% de la totalidad de varones. En la Cámara de Diputados, hay 5 mujeres menores de 40 años, y ninguna menor de 30 (Tabla 2). El Gráfico 3 muestra que el 25% de las diputadas son jóvenes (menores de 40), frente al 75% que tienen 41 en adelante. En el Senado no hay representación de mujeres menores de 40, y de varones tan solo hay 1 representante. Siguiendo la Tabla 1, Uruguay, como en el caso de Argentina, la edad de acceso a diputaciones es de 25 años y de 30 para el Senado; hecho que explica en parte la poca participación de juventudes en ambas Cámaras. Esta baja representación de mujeres jóvenes, y las desigualdades de género en acceso al poder corresponden a que Uruguay presenta avances tardíos en acciones afirmativas. Por su parte, tal como apunta Yanina Welp, no hay una correlación entre riqueza o institucionalización de la democracia y representación de las mujeres en cargos políticos. Uruguay representa uno de los países de la región con mayor estabilidad democrática y menor representación de mujeres ( Gráfico 3. Uruguay: Diputadas según edad
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles de la UIP 4.4 Colombia Colombia es uno de los países más tardíos en la incorporación de acciones afirmativas. Desde 2011 el país tiene ley de cuotas en un 30% de obligatoriedad de representación de mujeres en listas cerradas ( Este logro histórico se produjo gracias al movimiento de mujeres. En este punto, han surgido movimientos políticos feministas en Colombia como Estamos Listas11 en Medellín, conformado por más de 2.000 mujeres que obtuvieron un curul en el Concejo mediante la candidatura colectiva ( Es preciso enmarcar los feminismos colombianos en el contexto del conflicto armado más largo de la región. Tal es así, que la determinación del proceso de paz es una agenda asumida por el movimiento de mujeres como protagonistas de las movilizaciones de paz evidenciando problemáticas que la guerra invisibilizó. En este sentido, las mujeres operan en un escenario de recrudecimiento de la violencia y la reconfiguración en la presencia de grupos armados ilegales ( Un efecto del accionar de los movimientos feministas fue la obtención de alcaldías y gobernaciones de importancia nacional por parte de mujeres, como Claudia López en Bogotá. En relación a la participación política parlamentaria de las mujeres, la cuota del 30% tuvo un impacto directo en el aumento del porcentaje de candidatas. Así, se pasó del 20,5% de candidaturas femeninas en 2010 a un 32,4% de mujeres en 2014 y un 34,5% en 2018. Entre 2010 y 2014, la representación parlamentaria saltó de un 14,2% a un 20,9% en 2014. Sin embargo, en 2018 se estancó con el 19,7% de participación femenina en el Congreso ( En referencia al análisis de las edades, las mujeres representan el 6% del total de parlamentarias menores de 40 años frente al casi 27% de sus pares varones. Sobre las menores de 30, estas no llegan al 2% y los jóvenes menores de 30 suman tan solo un 5%. En el Gráfico 4 se muestra que las diputadas menores de 40 representan el 32,3%, es decir, corresponde a 10 diputadas, de las cuales 3 son menores de 30. Las senadoras menores de 40 representan un 27% (6 de 22) del total de senadoras (Tabla 2). En este punto, Colombia presenta las mismas restricciones de edad para acceder a los cargos que Argentina y Uruguay, 25 en Congreso y 35 en Senado. Sin embargo, su tardía y laxa aplicación de las cuotas de género da cuenta de la baja participación de mujeres, y con ello, de las jóvenes. Gráfico 4. Colombia: Diputadas según edad
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles de la UIP 4.5 México México es uno de los países que aprobaron una recomendación a los partidos en 1996 de incluir a mujeres en las candidaturas. Sin embargo, no fue hasta 2002 que se pasó de la recomendación a la obligación en la legislación electoral de un porcentaje de representación de mujeres del 30% ( Entre estas medidas, se estableció el impulso del mandato de posición, la exigencia del cumplimiento de sanciones fuertes por no cumplir la cuota y la eliminación de las válvulas de escape a los partidos por el incumplimiento de la ley, así como la obligación de que la cuota sea exigida para la fórmula de candidaturas titulares y suplentes. Todas estas medidas fueron sancionadas con el objetivo de enfrentar los obstáculos que se encontraban las mujeres en el acceso a la política ( En 2014 México reemplazó las cuotas de género por leyes de paridad de género en candidaturas a legisladoras y legisladores federales y locales. Así, aprobaron la "paridad vertical" en las candidaturas para los distritos plurinominales en el Senado en 2017. También la "paridad horizontal" para distritos uninominales nacionales y locales. En este punto, el país avanzó en el camino para una composición paritaria de las listas electorales en el momento de la inscripción. Incluso, se incorporó una medida de monitoreo que responde al principio de competitividad: incluir mujeres en distritos poco competitivos. La articulación de las mujeres tiene un largo recorrido que estaba en la agenda del movimiento de mujeres y de la sociedad civil desde la década de 1990. Entre algunos hitos recientes, el También fue en 2019 que la lucha de las mujeres en México hizo historia con la incorporación de la paridad en todos los niveles estatales. Paridad de género vertical (legislativa, ejecutiva y judicial) y también horizontal (a nivel comunitario, municipal, estatal y federal). Asimismo, es un logro contemporáneo el reconocimiento de la violencia política en razón de género como delito. Esta lucha histórica tomó mucha relevancia a partir de las elecciones de 2015, cuando las organizaciones de la sociedad civil documentaron casos de violencia ( De esta manera, las elecciones de junio de 2021 fueron las de la aplicación de la paridad, pero también se encontraron marcadas por altos niveles de violencias políticas durante la campaña. Si se centra el análisis en las edades, el promedio de edad de las y los representantes en las Cámaras es de 48 años. El porcentaje de mujeres parlamentarias de 40 años o menos es del 16%, y en menores de 30 se alcanza el 4%. Sin embargo, estos conforman una representación menor en jóvenes, casi el 13% y no llega al 2%, respectivamente. Siguiendo la Tabla 2, en la Cámara Baja, las mujeres menores de 40 años son 80, y las que tienen 30 años o menos son 18. El Gráfico 5 da cuenta que el 33% del total de diputadas son jóvenes (de 40 años o menos). En el Senado, la cifra se reduce, 10 menores de 40 años y tan solo 2 menores de 30 años. En este punto, se afirma que la representación de las mujeres jóvenes es considerable y que representa, de los países estudiados, el que más avanzó en medidas de reformas electorales de género. También es cierto que es el caso que presenta una edad más baja para acceder a diputaciones con un límite de 21 años para esta Cámara y 28 para el Senado (Tabla 1). Gráfico 5. México: Diputadas según edad
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos disponibles de la UIP 5. Conclusiones Retomando la hipótesis inicial planteada, esta investigación pretendía verificar si los países de análisis que han avanzado en la igualdad sustantiva con la aprobación de leyes de paridad y que tienen mayores cuotas de participación de mujeres como legisladoras, también presentan más mujeres jóvenes como parlamentarias. Mientras que, en los países donde hay menores avances en medidas de acción afirmativa, la participación de las jóvenes también será en menor proporción. Es importante tener en cuenta que todavía hoy no se cuenta con instrumentos jurídicos interamericanos para impulsar los derechos de las juventudes, y específicamente sobre participación política en las Américas, por lo que sus derechos se inscriben en las convenciones de derechos humanos a nivel global. Es más, en los países estudiados que presentan cuotas juveniles, a diferencia de las cuotas de género, la presencia de jóvenes queda a discreción de los partidos políticos. Para recapitular, de los cinco países analizados, en Argentina y México de forma expresa se contempla un 50% de paridad de género exigible a los partidos y movimientos políticos en sus listas presentadas en los diferentes procesos electorales. Argentina cuenta con alternancia en las listas, y en México se aprobó la paridad en todo. Por su parte, en Colombia la ley de paridad de fines de 2020 sigue en la Corte Constitucional y está en vigencia la cuota del 30%. Chile presenta avances en medidas de acción afirmativa tardías, se establece una cuota del 40% de obligatoriedad y ningún sexo puede superar el 60%. Mientras que, Uruguay solo avanzó en legislación de cuotas del 33,3% en 2009 prorrogada en 2017 indefinidamente. En este punto, México y Argentina, que contemplan leyes de paridad, tienen una representación de mujeres mayor superando la barrera del 40% en sus parlamentos. Por su parte Colombia se sitúa por debajo del 20% sin cumplir el 30% de la ley de cuotas vigente. De igual forma en Chile, la cuota del 40% se traduce en menos de 23% de incorporación de mujeres en las cámaras legislativas. Uruguay presenta una cuota del 33,3%, pero la representación de las mujeres no llega al 30%. Si se compara la participación de las mujeres jóvenes (de 40 o menos años) en las cámaras legislativas en los cinco países, se evidencia una participación muy baja que no llega al 10%, exceptuando México que alcanza el 16%. Concretamente, en Argentina la representación es menor del 10%, en Chile del 8%, en Colombia del 6% y, por último, Uruguay del 5%. En este punto, los países que tienen mayor porcentaje de representación de mujeres jóvenes son los que presentan mayores avances en reformas electorales de género (México y Argentina). Al analizar los datos comparados con sus pares varones en cada uno de los países, coincide que los países que más avanzaron hacia la igualdad sustantiva (México y Argentina) presentan unos porcentajes de participación de mujeres jóvenes (menores de 40) ligeramente mayores o iguales que sus pares varones jóvenes. En México es casi el 13% en varones versus el 16% en mujeres y en Argentina es del 10% en ambos géneros. En referencia a las diputaciones, la cantidad de jóvenes legisladoras (de 40 años o menos), en comparación con la totalidad de diputadas en cada uno de los países, presenta porcentajes relativamente parecidos que oscilan entre 30-40%, a excepción de Argentina que es la menos representativa con un 22% de jóvenes mujeres de todas las diputadas ( Sobre el Senado, todos los países presentan porcentajes muy bajos, en gran parte se explica por las restricciones de acceso a dicha Cámara. Tal como muestra la Finalmente, en este trabajo se puede afirmar que los países analizados que tienen mayor recorrido hacia la igualdad sustantiva, también ostentan una mayor representación de mujeres jóvenes como legisladoras. Sin embargo, de los países estudiados los que siguen con obligatoriedad de cuotas con un porcentaje del 30-40% o que todavía no han aprobado medidas de acción afirmativa, presentan una menor representación de mujeres jóvenes en sus cámaras de representantes. 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Notas Información disponible en: https://oig.cepal.org/es/indicadores Disponible en: https://www.cepal.org/es/publicaciones/21505-declaracion-brasilia-segunda-conferencia-regio-nal-intergubernamental En México la paridad se estableció también como obligatoria para las estructuras de los partidos políticos en su artículo 25.1 y 37 de la Ley General de Partidos Políticos. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBi-blio/pdf/LGPP_130815.pdf La paridad vertical hace referencia a listas electorales intercaladas: una mujer, un hombre, una mujer, un hombre, o viceversa. Sin embargo, con esta fórmula no es posible garantizar el 50% de mujeres y 50% de hombres en los parlamentos, y mucho menos en los cargos unipersonales. La paridad horizontal refiere a la misma cantidad de mujeres y hombres encabezando las listas electorales o, si se trata de elecciones uninominales, la presencia del mismo porcentaje de candidatas y candidatos por territorio o por sector político que presente candidaturas. Disponible en: https://oig.cepal.org/es/indicadores/poder-legislativo-porcentaje-mujeres-organo-legislativo-nacional-camara-baja-o-unica Datos extraídos de: https://www.argentina.gob.ar/interior/observatorioelectoral/analisis/mujeres Los datos por países extraídos de: https://data.ipu.org/content/argentina?chamber_id=13322 Leyes N° 18.476 y N° 18.487, aprobadas en 2009 y Ley N° 19.555, votada en 2017. Los datos fueron extraídos de: http://hdr.undp.org/en/content/download-data. Para saber más consulte http://estamoslistas.co/
Argentina
Chile
Uruguay
Colombia
México
Edad de la Cámara de Diputados y Diputadas
25
21
25
25
21
Edad Senado
30
35
30
30
28
Argentina
Total
Chile
Total
Uruguay
Total
Colombia
Total
México
Total
Diputadas jóvenes
24 (3 menores de 30)
109
13 (7 menores de 30)
35
5
20
10 (3 menores de 30)
31
80 (18 menores de 30)
241
Diputados jóvenes
24 (2 menores de 30)
148
28 (6 menores de 30)
120
26 (1 menores de 30)
79
44 (9 menores de 30)
134
63 (8 menores de 30)
259
Senadoras jóvenes
4
28
-
-
0
9
6
22
27
44
Senadoras jóvenes
1
44
-
-
1
21
12
84
5
58