El censo cívico de 1826. El primer padrón de ciudadanos limeños del Perú republicano
Civic census of 1826. The first census of Lima citizens in republican Peru
Omar Gonzalo Esquivel Ortiz
<[email protected]> Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima, Perú
[Resumen]
Dentro del marco del Bicentenario de nuestra Independencia política, este artículo propone una lectura historiográfica, estructural y estadística de un valioso documento hasta ahora poco atendido por los especialistas sobre historia electoral del Perú. Situaremos al Censo Cívico de 1826, el conjunto más temprano de padrones electorales de ciudadanos limeños hecho para las elecciones de los miembros del primer Congreso del Perú republicano, dentro de sus pretensiones políticas. Este censo intentó redefinir la cantidad e identidad de ciudadanos de Lima de acuerdo a la estrategia demagógica del gobierno bolivariano para adherir la representatividad de nuevos ciudadanos entonces desplazados y hasta catalogados como «criminales» luego de las fallidas elecciones en el Cuartel V de la Parroquia de San Lázaro.
Nuestro artículo se divide en dos partes. La primera identifica las causas y motivaciones políticas que influyeron en el ordenamiento del Censo Cívico de 1826, de acuerdo a la secuencia de eventos electorales anteriores a él, y la segunda analiza el esquema de los padrones desde un ángulo estructuralista y estadístico que permite aproximarnos al estado de representatividad ciudadana que el sistema electoral permitía durante los primeros años de la República. Para este fin hemos recurrido a la consulta de fuentes de primera mano, principalmente del fondo histórico municipal, así como información de otros repositorios, como del Archivo General de la Nación, el Archivo Arzobispal de Lima y el Fondo Antiguo de la Biblioteca Nacional del Perú.
Within the framework of the Bicentenary of our Political Independence, this article proposes a historiographic, structural and statistical reading of a valuable document, until now insufficiently studied by specialists on electoral history of Peru. We will place the Civic Census of 1826, the earliest set of electoral registers of citizens of Lima made for the elections of the first members for the Congress of Republican Peru, within its political pretensions. This census attempted to redefine the number and identity of Lima's citizens according to the demagogic strategy of the Bolivarian government to adhere to the representation of new citizens, who were then displaced and even labeled as "criminals" after the failed elections in the 5th Quarter of the Saint Lazarus Parish.
Our article is divided into two parts. The first identifies the causes and political motivations that influenced the ordering of the Civic Census of 1826, according to the sequence of electoral events prior to it, and the second analyzes the pattern of the censuses from a structuralist and statistical point of view that allows us to approach the state of citizen representation that the electoral system allowed during the first years of the Republic. For this purpose, we have consulted first-hand sources, mainly from the municipal historical collection, as well as information from other repositories, such as the General Archive of the Nation, the Archiepiscopal Archives of Lima and the Ancient Collection of the National Library of Peru.
El término «censo» en sus dos acepciones lingüísticas de 18171, comprende en común el deber tributario que un individuo rinde ante un ente particular o público, y el «Padrón ó lista de la población y riqueza de una nación o pueblo». Hasta el periodo virreinal, en el cual no existieron «censos cívicos», el uso del término oscilaba entre el ámbito de intercambio comercial y de tributación pública. Su uso en el ámbito electoral requería, por ello, de la especificidad de «cívico», término entendido, en primer lugar, por su carácter citadino en la raíz etimológica civitas, pero, sobre todo, por su cualidad distintiva y perteneciente a ella, tal como define su derivado civilis (Real Academia, 1817, p. 204).
En Lima de 1826, «censo» se define como el índice de riqueza y producción que posee un número limitado de pobladores, mientras que «censo cívico» enlista las cualidades que posee un número determinado de pobladores reconocidos como ciudadanos con derecho a voto. En cualquiera de las definiciones, las «proporciones», niveles de riqueza, o también llamadas «capacidades», son requisitos básicos de un individuo para formar parte de la ciudadanía política de Lima. Estas necesitaron ser examinadas y calificadas individualmente por el «inspector de barrio», autoridad civil encargada de registrar y escribir los padrones del primer censo cívico de la capital peruana. Los inspectores de barrio y la ciudadanía son, por ello, los principales actores del temprano sistema electoral republicano, registrados en un único documento hoy conservado en los fondos documentales del municipio de Lima2.
Declarada la independencia política en Lima, el mecanismo electoral continúa en gran parte del siglo XIX según el esquema gaditano de voto indirecto y a través de colegios electorales. De acuerdo a las capacidades económicas de los ciudadanos, impuestas en las leyes reglamentarias de elecciones municipales y congresales medidas a través de un censo, la ciudadanía limeña con derecho a sufragar representa un mínimo del total de habitantes, pléyade corporativa a la cual también la historiadora Alicia del Águila tipifica como «ciudadanía censitaria» (2010, pp. 11-18). Los requisitos impuestos por un censo, más el examen particular de los inspectores de barrio son los principales instrumentos que determinan la identidad tanto colectiva e individual de los ciudadanos sufragantes. De aquí que el Censo Cívico de 1826, el primero de su tipo comparable con la Guía de domicilio de Lima y del Callao (1853), de los extranjeros Damián de Schutz y Juan Moller, y la Guía de domicilio de Lima para el año de 1864 (1863) de Atanasio Fuentes, es una lista pormenorizada de la ciudadanía limeña en la etapa más temprana de su vida republicana. Esta lista refleja, a su vez, un impulso poco convencional del Estado para reconocer y trazar el perímetro político de sus ciudadanos, según observaremos, resultado de una estrategia demagógica que emprende el gobierno bolivariano.
1. Antecedentes
1.1. Preparativos y retrasos de los primeros comicios electorales de Lima independiente
El Protectorado propuso instaurar un sistema electoral que representara la voluntad popular a partir del ejercicio al sufragio, mecanismo que, además de un Reglamento de Elecciones Municipales (decretado el 27 de noviembre de 1821 y efectivamente empleado en las primeras elecciones de regidores y alcaldes de Lima3), necesitaba de un nuevo aparato administrativo que permitiera instaurar Colegios Electorales. En 1822 bajo tutela de Matías Maestro, se realizó el primer plano de Lima posvirreinal, el cual reflejó la nueva distribución de cinco cuarteles de Lima4 y, por primera vez, superpuso las jurisdicciones civiles y parroquiales5.
No obstante, la crisis que conllevó el gasto de las campañas militares, el desgaste de la autoridad de Bernardo Monteagudo, la disolución del Protectorado, la llegada de Bolívar, las disidencias de Riva Agüero y el primer presidente Torre Tagle, más las dos tomas realistas de la capital, en junio de 1823 y en 5 de febrero de 1824, desplazaron el ejercicio del sistema electoral hasta 1825, a pesar de que durante el Protectorado ya se habían elegido a los miembros del municipio y del Congreso Constituyente. Asimismo, la primera Constitución de noviembre de 1823 ya estipulaba los nuevos requisitos de ciudadanía y de Colegios Electorales para elegir a los nuevos miembros del Congreso republicano y el 3 de febrero de 1824 se reescribió la Ley reglamentaria de elecciones para los individuos de las municipalidades.
Con la toma y cese del municipio limeño por patriotas y realistas, la elección de regidores y alcaldes fue, hasta este momento, directamente designada por mandato superior. Hasta marzo de 1825 toda normativa electoral había quedado sin efecto, cuando en abril finalmente se organizaron los segundos comicios electorales municipales de Lima, los primeros de su periodo republicano.
1.2. Las elecciones municipales y el Registro Cívico de 1825
Bolívar partió de Lima a Arequipa en abril de 1825 y encargó el poder a su Consejo de Gobierno, primero presidido por José Faustino Sánchez Carrión y luego por Hipólito Unanue6. Luego de dos intensos años de inestabilidad, el 28 de abril, la Prefectura convocó a elecciones municipales, la primera de Lima republicana conforme a la citada Ley reglamentaria de elecciones para los individuos de las municipalidades de 18247.
La municipalidad llamó a los «señores regidores» para verificar el conjunto de padrones o «Registro Cívico de las Parroquias de esta Ciudad»8, pero la imposibilidad para cumplir el juramento el 1 de enero, tal como establece la Ley Reglamentaria de 1824, así como la urgente necesidad de contar con un cuerpo municipal de régimen bianual, aceleró el procedimiento. De este modo, se emplearon algunos padrones «que estaban á la vista», quizá aquellos pertenecientes a los comicios del 30 de diciembre de 1821 o los realizados para la «Capitación General» de Lima, en febrero de 18249:
...en conformidad delos padrones / que estaban á la vista, y de los electores que en otras ocasiones han correspondido á las / Parroquias... 10
Asimismo, se realizaron algunos padrones, como el correspondiente a la Parroquia de San Sebastián11, en el cual se consignaron sin orden e indistintamente:
El nombre del votante y sus distintivos categóricos de «Dr.» y «Dn».
El número domiciliar y tipo de establecimiento (casa, o tienda).
La «Patria», o lugar de nacimiento.
El «Destino», u oficio o profesión.
Y el «Estado» civil.
La Municipalidad programó la fecha de reunión de Colegios Electorales y sufragio el 15 de mayo. Finalmente, el 7 de junio de 1825, uno de los alcaldes electos, don Pascual Garate y demás regidores juramentaron en la Sala Capitular ante al retrato del Libertador12 y sobre la Constitución Política de 182313.
1.3. Las elecciones impugnadas de 1825 en San Lázaro y la demagogia bolivariana.
Las elecciones municipales fueron también un ensayo de los comicios a gran escala que se avecinaban para elegir al cuerpo congresal que determinaría la continuidad o cese del mandato de Bolívar en el cónclave del 10 de febrero de 182614.
El 30 de julio, en nombre del Consejo de Gobierno, la Prefectura ordenó a la Municipalidad de Lima celebrar, el 12 de agosto, los comicios electorales para elegir a los congresistas:
...que para el doce de Agosto proximo, / dia en que deben formarse las mesas electorales de las Parroquias concurriesen á presidir/las los Señores Municipales...
La dificultad para realizar un censo en las ciudades departamentales, mayor aún en el ámbito rural, se resolvió improvisadamente bajo el argumento de no haber tenido «tiempo suficiente para formar los respectivos padrones». Por ello, se empleó el «censo que se publicó en la guía del Perú en el año de 1797»15, es decir, el censo que el virrey Gil de Taboada había levantado en 1792 con el fin de determinar el número de electores de voz pasiva de acuerdo a la población total de Lima. Así, las elecciones para diputados pusieron en evidencia el desconocimiento generalizado del nuevo gobierno republicano sobre su población capitalina, pese a su centralidad respecto a la periferia del campo, en donde el conocimiento de estadística poblacional era precario.
Los inspectores de cuartel y de barrio empadronaron, evaluaron, calificaron e identificaron a los ciudadanos de Lima. Asimismo, actualizaron algunos de los padrones electorales empleados en las municipales de mayo de 1825 mediante consulta directa con sus vecinos con el fin de integrar o excluir a algunos de ellos por motivos de óbito, mudanza, «ausencia» o pobreza16.
El sufragio pareció discurrir según lo acostumbrado; no obstante, factores internos y externos alteraron la normalidad del proceso.
Los hechos acontecidos el 12 de agosto son desconocidos. Desde el municipio se elevó a la Prefectura, con copia al Supremo Consejo de Gobierno, un reporte firmado por don Mariano Manfarres, presidente del Colegio Electoral de San Lázaro (o Cuartel V)17, quien dio a conocer la «nulidad interpuesta / pr. un corto número de vecinos»18.
Enterado de la gravedad del asunto, el Consejo de Gobierno exigió todos los expedientes alrededor del incidente19. Mientras tanto el municipio, de manera autónoma a la Prefectura, anticipó la realización de un «registro civico» de la Parroquia de San Lázaro en «la mayor brevedad»20 de tiempo. Las presurosas acciones, reflejo de una desestabilidad inusual, delataron un problema mayor detrás de los disturbios o actos vandálicos provocados por «Yndividuos que se su/ponian criminales»21. No obstante, el Supremo Consejo, bajo conocimiento del verdadero problema, sancionó el poder empleado por algunos inspectores de barrio, a quienes, entre el 7 y 16 de setiembre22, se les impuso como nuevo requisito una edad mínima de 50 años, cifra o término referencial que garantizaba la facultad de un bagaje político para asumir tal cargo, así como un amplio conocimiento sobre las condiciones y relaciones de los ciudadanos de cada barrio. La Prefectura, finalmente ordenó «se proceda á [una] nueva votacion de electores»23 el 30 del mismo mes.
Dos órdenes prosiguieron a la secuencia de eventos: el apresuramiento oficial de la Prefectura para formar el «Censo Cívico de la Parroquia de San Lázaro y la lista de los Ciudadanos Sufragantes»24, el día 23, y la resolución final del Consejo Supremo de Gobierno que declaraba «las elecciones parroquiales de San Lazaro... nulas, de ningun valor ni efecto» (De Quirós, 1832, p. 163). Este último, del 28 de setiembre, merece algunas precisiones.
Los argumentos aceptados y probados para observar la nulidad del proceso, corresponden primero a la inexistencia de un «censo constitucional», reemplazado por aquel que «se tuvo a la vista... en el mes de mayo, para las elecciones municipales», y segundo, a la distribución inequitativa y apresurada de boletos de ciudadanía. Asimismo, deliberadamente se incluyeron «más de doscientos sufragantes, que fueron admitidos por solo su abono», es decir, actos con claros indicios de fraude. Tampoco se consignaron en el acta parroquial «las reclamaciones de los ciudadanos ni de todos los demas particulares», ocurridas el día 12, ni «los motivos por que se habilitaron para sufragar tantos individuos que no constan del rejistro civico».
El efecto de estas omisiones, sugeridas también como «maniobras» realizadas «...en total silencio de circunstancias tan notables...», polarizó a la ciudadanía del barrio de San Lázaro25 en un grupo admitido y otro excluido. Este último grupo, de menor liquidez económica, tildado, por don Mariano Manfarres, de minoritario y conformado de supuestos «delincuentes», reveló en su carácter conservador, la intencionalidad de impedir la participación de ciudadanos de etnia negra e indígena, las cuales tenían una mayor predominancia en la demografía del Cuartel V y estaban dedicadas, en su mayoría, a la artesanía. Sin embargo, la superioridad del carácter liberal del Supremo Consejo se dejó sentir con la nulidad de las elecciones y la orden inmediata para realizar un Censo Cívico Constitucional de San Lázaro, en nombre de las facultades extraordinarias «transmitidas» por «S. E. el Libertador», para defender «la voluntad libre y jeneral de los ciudadanos»26.
Por tanto, los primeros comicios para diputados de la República tuvieron por principal obstáculo el pleito de intereses entre los habitantes del barrio de San Lázaro, unos que se atribuían el derecho de conformar una exclusiva ciudadanía política y otros que reclamaban ser incluidos en el nuevo sistema. El poder calificativo del padrón de electores o Censo Cívico, definió, entonces, la legítima representación ciudadana que exigían las elecciones. El pleito de San Lázaro colocó como primera dificultad del gobierno republicano la inexactitud estadística (cualitativa y cuantitativa) que este tenía de los habitantes de su capital y, por ende, del resto de su población.
Posteriormente, circulada la orden para realizar en el menor tiempo las elecciones de San Lázaro, el municipio organizó un cuerpo de «ciudadanos honrrados é imparciales»27 para realizar el debido censo cívico de sus ciudadanos. El 4 de octubre de ese mismo año, el Supremo Consejo de Gobierno decretó una comisión que evaluara o calificara el documento final titulado: «Rexistro Civico del Ql. 5° de / la Parroquia e Sn. Lazaro»28, el cual hasta el 8 de octubre reúnía una lista con los nombres y apellidos de 625 ciudadanos29. Al día siguiente se nombró a don Juan Seguín, presidente del Colegio Parroquial de San Lázaro, quien debió afrontar «las indis/pensables disputas que necesariamente debian originarse en el acto de la eleccion por los dis/tintos partidos de la Parroquia espresada»30. Resueltas las elecciones en San Lázaro con el regular nombramiento del cuerpo de diputados, las eventualidades de estos comicios forjaron el antecedente inmediato para que el Consejo de Gobierno ordenara en el mismo mes de octubre el levantamiento del «Censo de la Capital... [para que en el] termino (sic) de treinta dias se exhi/viese éste»31.
La exigencia por el derecho a la ciudadanía política de los habitantes de San Lázaro, a la vez que un problema, fue un primer ensayo que puso a prueba el funcionamiento del sistema de representación ciudadana de la nueva República. Sobre la marcha, los miembros del Consejo de Gobierno creyeron necesario fortalecer los mecanismos de elecciones públicas, cuyo basamento dependía en primer lugar de los inspectores de cuartel y de barrio, quienes pusieron en práctica las definiciones de ciudadanía constitucional a través del empadronamiento o censo cívico.
Las elecciones en San Lázaro demostraron el indefectible conflicto entre un sector criollo tradicional, poseedor intrínseco del derecho a voto, cuyo privilegio se vio amenazado luego de que las normas del nuevo sistema permitieran incluir a un grupo numeroso de ciudadanos jóvenes-adultos, de diversos estamentos o «castas» y oficios «artesanales», dentro del mismo grado de representatividad en voz activa32. Las dificultades entre ambos grupos, no fueron impedimento para la nueva medida que el Consejo de Gobierno tomó en 1826 para replicar y redefinir el Censo Cívico en toda la capital.
Como podrá observarse, el esquema de ítems del Censo Cívico de 1826 es una prueba fehaciente de la iniciativa del gobierno bolivariano por actualizar, en términos demagógicos de una República moderna, las definiciones de «ciudadano» que la estructura política y social del Virreinato había configurado a través de una ciudadanía corporativa limeña dominada por criollos. Este censo, a la vez que intentó erradicar el desconocimiento general que el Estado tenía sobre la identidad de sus habitantes, pretendió integrar a un importante número de ciudadanos «de casta». Los inspectores de cuartel y de barrio, autores del citado censo, cumplieron por ello roles fundamentales que permitieron efectuar una de las principales bases del proyecto gubernativo del Supremo Consejo: identificar y cuantificar las posibilidades productivas de los habitantes más «representativos» de la capital.
El régimen bianual del municipio expiró en 1825. En simultáneo al «Censo tributario», la Prefectura había ordenado el 25 de noviembre:
...que el primer Domingo del mes de Diciembre se reunan los Colegios electora/les de Parroquia para que el tercero procedan á elejir los Alcaldes y Rejidores...33
No obstante:
Considerandose / por algunos Señores que esta promocion causaba inmediatamente entorpesimiento en / recaudar la contribucion que les está encomendada... / Se acordó que una comicion... pasase al Exelentisimo Consejo de Gobierno á poner en su / conosimiento los inconvenientes indicados...34.
Enterado el Ministro de Estado sobre el informe de la comisión municipal, decretó suspender las elecciones:
...continúe por ahora la Ylus/tre Municipalidad sin que haya elecciones respecto á estar pendiente el cargo / de formar los censos que les estan encargados35.
El 4 de enero la Prefectura renovó la orden para organizar el «...Rejistro Civico de la Capital para proceder / al nombramiento de Municipales». Esta vez se comisionó a los inspectores de cuartel según las parroquias incluidas en sus jurisdicciones civiles:
P. Catedral: D. Pascual Guerrero (Cuartel II)
P. Santa Ana: D. Juan Seguin (Cuartel IV)
P. San Lázaro: D. Bernardo Herrera (Cuartel V)
P. San Sebastián y San Marcelo: D. Cosme Agustín Pitot (Cuartel I)36.
Aunque el 31 de enero la Prefectura exigió la entrega del Censo Cívico37, las elecciones municipales no se llegaron a concretar en todo el año. El empadronamiento de los ciudadanos de Lima se prolongó más de lo pensado.
El 3 de marzo de 1826, los inspectores de cuartel fueron instados por la Prefectura para entregar el Censo Cívico y los Padrones de contribuciones, esta vez exentos de cualquier procedimiento electoral38. Finalmente, el 21 de abril, la Prefectura dio conformidad de la entrega final del Censo Cívico: «Se recibieron otras dos [notas] del mismo Señor [Prefecto] acusando recibo de los Rejistros Civicos de la / Capital...»39.
2. El Censo Cívico de 1826. Limitaciones y fechas de entrega
El Censo Cívico de 1826 es un expediente de 67 folios manuscritos que reúne los padrones de ciudadanos que habitan en 39 de los 46 barrios que forman la ciudad de Lima40, agrupados según las jurisdicciones parroquiales de la «Catedral»41, Santiago del Cercado y San Lázaro42.
Si bien el censo registra un total de 2370 ciudadanos de exclusivo género masculino, este no incluye a los barrios de San Sebastián ni San Marcelo; sin embargo, si se suman los registros de San Sebastián de 1825, el universo alcanza 2654 ciudadanos43, suma que aún con todo representa solo el 4,3% o el 5,3% de las 60,651 y 50,000 «almas», que respectivamente los censos de 1813 y 1827 estipularon para Lima44.
Con la rápida reforma administrativa y urbanístico-social de la capital que instituyó el Protectorado en 1822, la ciudad se dividió en cinco cuarteles con el siguiente número de barrios (Cuadro 1):
Número de barrios por cuarteles en Lima, 1822
Cuartel I
Cuartel II
Cuartel III
Cuartel IV
Cuartel V
Barrios 1-11°
Barrios 1-13°
Barrios 1-5°
Barrios 1-9°
Barrios 1-8°
Cuadro elaborado por Omar Esquivel. Datos extraídos de: Maestro y La Rosa (1822 ca).
Las parroquias de Lima aún eran cinco: El Sagrario, Santa Ana, San Marcelo, San Sebastián y San Lázaro.
En 1826 las dos primeras parroquias se hicieron cargo de las viceparroquias del Sagrado Corazón de Jesús (o «Huérfanos») y de Santiago del Cercado, respectivamente45. Pese a ello, los inspectores de cuartel y de barrio trataron de barrio-parroquia a la jurisdicción del Cercado de Indios, cuyo padrón titula: «B° 1.° Ql. 3.° / Parroqa. del Cer/cado». De similar forma con la Parroquia de San Lázaro: «Cl. 5° / Rejistro Civico Pa/rroquia de Sn. Lazaro». Ambos casos fueron el resultado de la superposición de las jurisdicciones eclesiástica y civil que impulsó la reforma administrativa de 1822.
Los padrones de la Parroquia de la Catedral, por otra parte, reunieron a los ciudadanos habitantes de las jurisdicciones de El Sagrario, Santa Ana, Huérfanos y tangencialmente de San Marcelo, cuyos dominios no coincidían del todo con las divisiones por cuartel. Citamos los barrios que comprenden las Parroquias incluidas en el Censo (Cuadro 2):
Barrios, con sus respectivas parroquias, comprendidos en el Censo Cívico de 1826
P. de la Catedral
P. de Santiago del Cercado
P. de San Lázaro
Cuartel I: Barrios 1-5°
Cuartel III: Barrios 1-5°
Cuartel V: Barrios 1-8°
Cuartel II: Barrios 1-13°
Cuartel IV: Barrios 2-9°
Cuadro elaborado por Omar Esquivel. Datos extraídos del Censo Cívico de 1826.
El censo no incluyó los barrios de la Parroquia de San Sebastián, comprendida por: Cuartel I, Barrios 6-9°, 11°, ni los restantes de San Marcelo: Cuartel I, Barrio 10°, y Cuartel IV, Barrio 1°.
La ausencia de estos padrones puede deberse a dos posibilidades: la pérdida de una parte del expediente o la omisión de los padrones de la Parroquia de San Sebastián debido al Registro Cívico realizado en abril de 1825 para las primeras elecciones municipales de la República. Cualquier alternativa, sin embargo, obliga a considerar a los padrones de San Sebastián como fuente complementaria del Censo Cívico de 1826.
Desde el 4 de enero de 1826, por orden de la Prefectura, los Inspectores de Cuartel tuvieron por tarea elaborar el «...Rejistro Civico de la Capital para proceder / al nombramiento de Municipales». Hasta el día 15 solo dos Inspectores de Barrio remitieron sus padrones. Posteriormente, el 31 de enero, la Prefectura renombró el pedido del «Rejistro Civico / de las Parroquias para la eleccion de Municipales»46, el cual, tras la llegada de Bolívar en febrero hasta el 3 de marzo, tomó un singular impulso que terminó con 28 de los 39 padrones. En este último día, la Prefectura reiteró que «...se remitan / Rejistros civicos y los Padrones de contribución»47. El día 20 de marzo finalmente se entregó el último padrón correspondiente al barrio 2° de San Lázaro.
2.1. Los padrones y su protocolo personalizado
Cada padrón tiene una impronta personal. Si bien la escritura de los rótulos, los ítems y las firmas descansan sobre un protocolo, este no es estricto. La singularidad de cada padrón demuestra la variedad de posturas permitidas a los Inspectores de Barrio. Su potestad para personalizar el título de cada padrón forma un conjunto de definiciones que amplían el concepto de Censo Cívico. Así, por ejemplo, a través de: «Padrón de vecinos ciudadanos...» (B. 3.° C. I)48 o «Lista Cívica de los Ciudadanos...» (B. 4.° C. I)49, se definió una especie de matrícula que integra y defiende la exclusividad de «ciudadanía». De otra parte, frases como «Razon de los Ciudadanos qe. biben en...» (el B. 4.° C. IV)50 o «Razon delos Besinos qe. residen en...» (B. 6.° C. IV)51 redujeron la envergadura censal a una simple lista de «ciudadanos». Aún más radical, la frase «Razon de los yndividuos qe. hay en este bo. de mi cargo» (B. 4.° C. III), del Inspector don José Gómez redujo a la categoría de «individuos» a los ciudadanos de un barrio compuesto en el 78,6 % de «peruanos» (o indígenas). Algunos otros ejemplos rayan con lo estrictamente político. Por ejemplo, el padrón del Inspector «Accidental» o suplente, don Lorenzo Seguín (B. 1.° C. II) titula:
Rason de los Yndividuos habitantes... que pueden sufragar… con arreglo al Articulo 17. del / Capitulo 4.°, Cesion 1.a dela Constitucion dela Republica Peruana.
O el unánime y defensivo tenor de los autores del censo del Cuartel V de San Lázaro, consecuencia evidente de las impugnaciones ocurridas en octubre de 182552. Citamos dos ejemplos:
Censo de los Ciudadanos en exercicio, segun consti/tucion (B. 2.° C. V). Razon de los Ciudadanos en exercicio de sus atribuciones / conforme al Reglamto. de Constitucion (B. 6.° C. V).
Podemos citar también el caso particular del Inspector de Barrio, don Antonio Elberdin y Requejo, quien subscribió el derecho a la ciudadanía bajo el siguiente tenor: «Senso que demuestra. Los ciudadanos en egerciso pertene/ cientes ala paroquia dela Catredal (sic)» (B. 8.° C. IV).
2.2. El esquema de los padrones
Cada padrón es un esquema de columnas organizado por ítems según los requisitos impuestos por la Constitución, los cuales tienen por antecedentes aquellas actas solicitadas para la jura de Independencia de Lima entre el 15 de julio y el 13 de agosto de 182153. Cinco años después y desde una tribuna electoral, el Censo Cívico intentó renovar el compromiso de la ciudadanía limeña con el gobierno bolivariano.
Los desactualizados y precarios padrones realizados después de 182154 trajeron como consecuencia un conocimiento fragmentario y anticuado de la ciudadanía de voz activa. Si bien entre abril y mayo de 1825 se realizaron los padrones de las Parroquias de San Sebastián y de Santiago del Cercado, estos no colmaron las expectativas del gobierno bolivariano. Entre los modelos preexistentes más cercanos al Censo Cívico de 1826, podemos citar el abortado censo o «Capitación» de enero de 1824,55 ordenado para recaudar los fondos que suministrasen al ejército de Bolívar en Lima y al abandonado Ejército de los Andes en la Fortaleza Independencia (o Real Felipe).
Los Comisarios de Barrio, don José Peña, y don Hipólito Domínguez cumplieron con un rigor excepcional. El primero, en especial, reunió la totalidad de habitantes de su barrio, sin excluir género, edad, ni ocupación; empero sí excluyo a negros esclavos. De esta forma, constató a 515 habitantes, mientras el segundo a 385. Ambos esquemas se distribuyeron en los siguientes ítems (Cuadro 3):
Lista comparativa y correlativa de los ítems que consignan dos Comisarios de Barrio en el Censo Cívico de 1826
Don José Peña (B. 1.° C. 1)
Don Hipólito Domínguez (B. 3.° C. 1)
Abitan.
Habitacs.
Numo.
Nombres
Sexos
Edad
Edades
Patria
Destinos
Estado
Castas
Destino
Proporcions.
Calidad
Total de los Vecins.
Props.
Cuadro elaborado por Omar Esquivel. Datos extraídos del Censo Cívico de 1826.
Las similitudes saltan a la vista, pero destaca el rigor de José Peña al organizar la columna o ítem de «Sexsos», según núcleos comunales por vivienda, tales como familias, extranjeros o talleres de «artesanos». Además, según citamos, el hecho de tasar las «proporciones» o estatus tuvo como fin una colecta pública en favor del ejército, lo que hizo prescindible el ítem de «Patria» o lugar de nacimiento de los donantes. El Censo Cívico empleó el siguiente esquema (Cuadro 4):
Relación de los ítems de los padrones del Censo Cívico de 1826 divididos en grupos de identidad individual y social
Calle
1er grupo Identidad individual
N°
Tipo de vivienda
Nombres y apellidos
Edad
«Calidad» [o «Color»]
2do grupo Identidad social
Estado [civil]
«Oficio» [o «Destino»]
Patria [natal]
Cuadro elaborado por Omar Esquivel. Datos extraídos del Censo Cívico de 1826.
Este modelo tiene en la práctica dos grupos diferenciables: el primero, que identifica plenamente la individualidad y el índice de productividad que posee el ciudadano, y el segundo, que pormenoriza su identidad y roles distintivos en su sociedad. Su lectura de izquierda a derecha entrega una efectiva noción integral sobre las potencialidades económicas, políticas y sociales de cada ciudadano.
2.3. Primer grupo: de identidad individual
Ítem 1. Número y tipo de vivienda
Este ítem identifica y registra la ubicuidad: ciudadano-urbe.
Cada padrón tiene como eje ordinal el ítem de números de predio, seguido o antecedido opcionalmente por el ítem de «tipo» de vivienda o establecimiento, cuya variedad, si bien es amplia, evidencia el predominio de: «Casa», con un número de 669 ciudadanos, o su equivalente al 40,3% de los 166 que registran vivienda o establecimiento; seguido de «Tienda», con 498 o 29,9%; y en tercer lugar «Casita», con 188 ciudadanos u 11,3%56. En otras palabras, de los ciudadanos registrados, si una mayoría puede solventar la mantención o alquiler de una «Casa», el segundo sector más importante se dedica, con mayor seguridad, al comercio o a una «industria» que puede cubrir el alquiler o la propiedad de una «Tienda». Vale decir, son «artesanos» y «comerciantes».
De otro lado, es habitual que los Inspectores seleccionen cuidadosamente algunas calles de cada barrio y, a su vez, a unos pocos ciudadanos por la calle. Esto nos lleva a considerar que el empadronamiento por calles57, además de ser fiel a una estructura de administración tributaria, posee distinciones sociales zonificadas en la ciudad, sean estos de comercio, de oficios «artesanales», de profesión, de oficio religioso u otros. Asimismo, este empadronamiento también nos hace pensar en la existencia de zonas que concentraban a una élite ciudadana, la cual, a su vez, incluiría a «artesanos» y comerciantes, quienes formarían núcleos de producción y mercado.
Ítem 2. Nombres, apellidos y dominus
El segundo ítem consigna los nombres y apellidos del ciudadano, al cual se adscribe el título de «Dn.» (don), designado según diversas escalas de valor que empleaban los Inspectores de Barrio para señalar el prestigio social de un ciudadano. Algunos criterios, no obstante, prescinden de estos apelativos en favor de una excepcional igualdad ciudadana. Sin embargo, la etnicidad, por ejemplo, resultó un factor de peso, pero no absoluto, para denegar u otorgar la categoría de «don» a ciudadanos de ascendencia indígena o africana. Asimismo, el uso de este título delató un exclusivo patrón de asentamiento criollo o de «blancos» en determinadas zonas de la ciudad58.
En el conocido Barrio de San Lázaro, o Cuartel V, frente a una abrumadora cantidad de ciudadanos de «casta» existía un notorio conservadurismo social en el ámbito comprendido por la Parroquia y Escuela (antes leprosorio) de San Lázaro y el templo de San Francisco de Paula, donde el Inspector Luis Erquicia categorizó de «don» únicamente a ciudadanos calificados como «blancos».
Otros Inspectores de Barrio designaron como prestigio social de un ciudadano su condición de «empleado» del gobierno, como don José Lara (B. 2° C. II), quien solo calificó de «don» a Tomás Panizo y Manuel Rosas. Otros a la autoridad eclesiástica, como apunta Don Fernando de Herrada (B. 2° C. V)59, o al propietario de tierras, según Don Juan José Daza (B. 13° C. II)60.
No existe regla fija para las valoraciones del prestigio social, ni mucho menos un criterio homogéneo que defina los requisitos para el título «Dn.». Solo puede conceptualizarse como un distintivo social a partir de los «Dones», dominus o dominios (Real Academia, 1817, p. 335) de tipo económico, religioso, político, intelectual o étnico, los cuales fueron puestos a juicio por los Inspectores de Barrio según sus propias tendencias y convencionalismos.
Si bien el criterio para nombrar «Don» a un ciudadano es impreciso y su uso es inevitablemente valorativo, su frecuencia puede ser medida desde una estadística general. Solo 1380 de 2370 ciudadanos poseían este título, de los cuales solo 33 destacaban por el superlativo «Dr. Dn.» (doctor, don): 17 de nombramiento eclesiástico, entre clérigos, capellanes y provisores61; 12 con profesión en leyes, entre abogados, diputados y jueces62; dos dedicados a las «profesiones» de bibliotecario y cirujano63, uno a la «ciencia» física64; y, excepcionalmente, uno de ocupación chacarero, el Dr. Dn. Bernardo Herrera (B. 7° C. V). Asimismo, de acuerdo a lo registrado por los Inspectores de los Barrios 3°, 4°, 7° y 11° del Cuartel II, 21 de los 33 ciudadanos «doctores» habitaban en una zona alrededor de la Plaza de la Constitución (actualmente Plaza Bolívar), comprendida entre la Capilla de la Universidad de San Marcos (donde se reúne el Congreso) y la Catedral Metropolitana. La relación de proximidad entre sus puntos de vivienda y los espacios de poder político y eclesiástico insinúan, a su vez, una forma de asentamiento pragmático de acuerdo a las necesidades cotidianas de este sector intelectual. Citamos la correspondencia numérica entre la cantidad de «doctores» por cuartel (Cuadro 5):
Índice de asentamiento de «doctores» por cuartel de la ciudad de Lima, según el Censo Cívico de 1826
Cuartel I
3
Cuartel II
21
Cuartel III
3
Cuartel IV
2
Cuartel V
4
Cuadro elaborado por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
El tercer ítem de edad es un índice de productividad y madurez que permitió, a la administración de la ciudad, estimar el tiempo restante de contribuciones per cápita de los ciudadanos, indispensable entre los requisitos que establecía la Constitución de 1823. No obstante, algunos Inspectores de Barrio demostraron un criterio que contradice la norma, como don José Anselmo Junco (B. 7.° C. IV), quien incluyó a 15 ciudadanos entre 17 y 23 años65, seis de ellos sin oficio o «vagos». De igual manera, otros Inspectores incluyeron a 28 ciudadanos entre 18 y 24 años, dedicados a un oficio o casados, quienes representaban una notoria minoría casi excepcional.
De 2370 ciudadanos, 31 no registraron edad66. Los demás se ubicaron entre el rango de 17 a 96 años67, a quienes distribuimos en el siguiente orden porcentual por décadas (Tabla 1):
Tabla porcentual de las edades de los ciudadanos registrados en el Censo Cívico de 1826, agrupadas por décadas
17-19 años
10
0,4%
20-29 años
283
12,1%
30-39 años
638
27,3%
40-49 años
557
23,8%
50-59 años
443
18,9%
60-69 años
318
13,6%
70-79 años
76
3,2%
80-89 años
13
0,6%
96 años
1
0,1%
Tabla elaborada por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
La ciudadanía juvenil ingresante, más los adultos de mayor vitalidad68, alcanzaron un 39,8%, cantidad que, si bien no representa una mayoría frente al 42,7% de ciudadanos entre 40 a 60 años, apunta a un importante crecimiento de ciudadanos para los siguientes comicios municipales.
2.4. Segundo grupo: de identidad social
Ítem 4. Categorías étnicas
La «calidad» o categorías étnicas empleadas por los Inspectores de Barrio, demuestra la correspondencia entre los atributos fenotípicos del empadronado y los estereotipos sociales del momento. Reunimos, a continuación, a los 2348 ciudadanos con «calidad» registrada y por categoría empleada (Cuadro 6):
Tabla porcentual de las edades de los ciudadanos registrados en el Censo Cívico de 1826, agrupadas por décadas
Blancos
1431
Zambos
21
Peruanos
336
Chinos
16
Pardos
243
Españoles
14
Morenos
57
Negros
12
Cuarterones
56
Trigueños
8
Mulatos
45
Patricios
5
Indígenas
44
Asiático
1
Americanos
33
Genovés
1
Mestizos
24
Natural
1
Cuadro elaborado por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
Por decreto de San Martín del 27 de agosto de 1821, se oficializó el término «peruano» para nombrar a «aborijenas, Indios ó Naturales» (De Quirós, 1831, p. 21), el cual, a partir de entonces, se introdujo en el discurso retórico del Protectorado para aludir a una soberanía nacional basada en ideales incácicos69, los cuales contradictoriamente admiten la «incapacidad del indígena para expresarse y representarse a sí mismo» (citado en Salinas, 2002, p. 51). Podemos, por ello, reunir a «peruanos», «naturales» e «indígenas», en un solo grupo étnico de 381 individuos, quienes representan el 16,2% de ciudadanos censados.
Ahora bien, salta a la vista el uso de la categoría étnica «Americano», empleada únicamente por el citado Inspector de Barrio, don Fernando de Herrada (B. 2.° C. V), la cual merece algunas atenciones.
Entre 1813 y 1819, Bolívar concibió dialécticamente por «americano» a un ciudadano natural del continente, enemigo político del español, no «...indio ni europeo, sino una especie media entre los legítimos propietarios del país y los usurpadores españoles...»70. También empleó el término como parte de su firma personal en la «Carta de Jamaica»71 para afianzar una identidad étnica criolla, pero de orígenes imprecisos, consecuencia del mestizaje virreinal. En 1822, el Protectorado lo empleó como eufemismo, según ya citamos, para convocar a «artesanos» de «casta» para el servicio de los Cuerpos Cívicos y a ciudadanos de ascendencia mixta, pertenecientes a la «clase industriosa»72.
Cualquier uso, sin embargo, resulta vago para entender la exactitud de este calificativo de carácter político; por ello, examinaremos el juicio que realizó el Inspector de Barrio, don Fernando de Herrada (B. 2.° C. V), sobre la identidad étnica del grabador «americano» don Marcelo Cabello.
En Lima de 1826, don Marcelo ya era conocido por ávido grabador, único ciudadano dedicado a este oficio en todos los padrones del Censo Cívico y artífice de un amplio repertorio de imágenes llevadas a la imprenta durante los momentos más críticos del proceso de independencia criolla. Fruto de los esfuerzos y capacidades que empleó para resolver numerosos encargos entre clientes civiles, eclesiásticos y gubernamentales, creó una extensa red de trabajo que le permitió el suficiente sustento económico para arrendar a 24 pesos mensuales73 la Tienda N° 128 de la Calle Contradición (hoy cuadra 2 de jirón Lambayeque, en el Rímac), en el Cuartel V de San Lázaro. Hasta entonces, don Marcelo, casado y con 45 años, había podido solventar la manutención de sus cuatro hijos: Manuela Josefa (de 20 años)74, Isidoro Antonio (de 19)75, José Antonio (de 16)76 y Felipe Antonio (de 15)77.
En 1803, cuando don Marcelo contrajo matrimonio con María Josefa Caballero, dejó su acta de compromiso en el libro de «Españoles» de El Sagrario78, pero sin aludir a su origen étnico, lo que nos permite intuir su naturaleza criolla. No obstante, la identidad étnica de sus padres devela que, al ser hijo legítimo de don José Doroteo Cabello, «mulato libre de esta Ciudad [de Lima]»79, y doña Petronila de la Llave, «Yndia / natural del Pueblo de Lambayeque»80, don Marcelo debió ser nombrado, sobre la base del paradigma borbónico de castas, como «chino». Así pues, su vertiente sanguínea lo hubiera situado en una de las ramas marginales y más comunes de la población de «castas». Por tanto, el Inspector de Barrio, don Fernando de Herrada, catalogó de «americano» a un «chino», con la finalidad de homogenizar a Cabello y posiblemente a otros individuos de ascendencia mixta dentro del nuevo cuerpo de la ciudadanía criolla que el Censo Cívico pretendió definir luego del reclamo ocurrido en San Lázaro durante las elecciones para diputados de 182581. Observemos que Herrada, a cargo de 63 ciudadanos82, los catalogó por «calidad» en los siguientes porcentajes (Tabla 2):
Tabla porcentual de la identidad «étnica» de los 63 ciudadanos que habitaron el barrio 2° del cuartel V de San Lázaro
Americano
33
53,2%
Cuarterón
6
9,7%
Peruano
6
9,7%
Moreno
5
8,1%
Mulato
5
8,1%
Pardo
3
4,8%
Chino
3
4,8%
Negro
1
1,6%
Tabla elaborada por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
El Barrio 2° de San Lázaro se representó cívicamente por una mayoría de «americanos» cuya raíz étnica posiblemente incluya a personas de ascendencia mixta como Cabello, grupo que, a su vez, comparte la ciudadanía con un 37,1% de ciudadanos de «casta», entre ellos tres «chinos». El juicio de Herrada parece contradictorio desde el ángulo de la etnicidad, pero la calidad artística de la producción de Cabello como factor de «estimación»83 de sus méritos sociales permiten su recategoría como «americano».
«Americano», por tanto, es un sobrenombre político unificador de connotaciones raciales indefinidas y distante de las categorías virreinales que nos obliga a considerarle un grupo independiente de los ciudadanos arraigados a un tronco étnico y de los mestizos biológicos (o de «casta») (Tabla 3):
Tabla porcentual de grupos étnicos mayoritarios del Censo Cívico de 1826 que incluye al de «americanos»
Blancos
1445
61,5%
Indígenas
380
16,2%
Negros
12
0,5%
Mestizos biológicos
475
20,3%
Americanos
33
1,4%
Naturalizados (o extranjeros)
3
0,1%
Tabla elaborada por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
La suma de porcentajes nos demuestra, finalmente, que la ciudadanía nombrada «blanca» alcanza una proporción cercana de 2 a 1 frente al grupo de ciudadanos indígenas y mestizos (llamados de «casta»), calculado en un 36,5%.
Ítem 5. Estado civil
Ahora bien, los requisitos constitucionales de ciudadanía colocan por siguiente criterio el «estado» [civil], ítem que mide las posibilidades del ciudadano para forjar su descendencia biológica dentro de un marco de legitimidad ético-religiosa que, además, verifica su potencial liquidez económica para cubrir una dote y una canasta familiar. El registro incluye también la condición de «viudez» o de «eclesiástico».
De los 2340 que registran «estado», reunimos los siguientes índices porcentuales (Tabla 4):
Tabla porcentual del estado civil de los ciudadanos que registra el Censo Cívico de 1826
Casados
1377
58,8%
Solteros
793
33,9%
Eclesiásticos
86
3,7%
Viudos
84
3,6%
Tabla elaborada por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
La mayoritaria cantidad de «casados» demuestra que el ejercicio de la ciudadanía descansa sobre condiciones morales y económicas que el género masculino posee intrínsecamente como potencial cabeza de familia.
Ítem 6. Ocupación
El ítem de ocupaciones es, junto al de «Nombre» y «Calidad», el tercero definitivo de las «condiciones» o extracto socioeconómico de los ciudadanos. Aunque antecede al ítem de «Patria» o ciudad natal, su apunte es considerado indispensable en todos los padrones.
Los Inspectores de Barrio emplearon cuatro términos diferentes para calificar la ocupación de los ciudadanos: «Oficio», «ocupación», «ejercicio» y «destino».
«Ejercicio», el término más utilizado, se define oficialmente como «El acto de ejercitarse ú ocuparse en alguna cosa» o, en su segunda acepción, como
«Oficio, ministerio, profesión» (Academia Española, 1817, p. 342) y es, en efecto, entre los tres términos, el de mayor amplitud semántica, pues alude a cualquier actividad económica para el autosustento. El término «oficio», en cambio, el segundo más usado, es definido como la facultad y el deber de trabajo de un individuo según sus condiciones sociales84 y, según una tercera acepción, como un tipo de trabajo manual especializado por normativas específicas85, también asociable al sistema de producción artesanal. Seguidamente, «Ocupación», el tercer término más usado, es definido, en su segunda acepción, como el hábito de dedicarse a un trabajo86 y en su tercera acepción como «Empleo, oficio ó dignidad». Finalmente, el cuarto término, «destino», no guarda relación sinonímica con los anteriores, pero sí en su uso cotidiano. Los inspectores de los barrios 5º y 8º, Francisco Gorrichategui y José Valero, encabezaron con este término el registro de ocupaciones, en su mayoría «artesanales».
De acuerdo a las definiciones citadas y los criterios empleados en el Censo Cívico, el ejercicio de un oficio es también un distintivo público. Entre los requisitos para obtener el derecho de ciudadanía y ser elector parroquial, según la Constitución de 1823 y la Ley Reglamentaria de Elecciones Municipales (1824), cada ciudadano debe generar como mínimo 300 pesos anuales a través de una propiedad, «ejercer cualquier arte, u oficio, o estar ocupado en alguna industrial útil… o ser profesor público de alguna ciencia» (De Quirós, 1832, p. 410). Los padrones electorales del Censo Cívico, por tanto, hacen un reconocimiento público de las potencialidades económicas de la ciudadanía limeña y, por ende, de las diversas élites que la conforman, entre los que incluso se inscriben personalidades con algún tipo de sustento hereditario o de caridad, cuya ocupación se registra como «mendigo» (13 personas), «inválido» (2) y «vago» (11).
Si bien una minoría de la ciudadanía pertenece a un sector aristocrático, intelectual o propietario de bienes, la mayoría restante forma parte del sistema complejo de producción «artesanal» de Lima.
Del total de 293 nominativos utilizados por los Inspectores de Barrio para catalogar la ocupación u oficio de los 2314 ciudadanos que registran este ítem, identificamos y depuramos 131 «oficios».
Según el tipo de «ocupaciones» y según los modos constitucionales de obtención de riqueza a través del usufructo de propiedades, o el ejercicio de un arte, oficio, profesión o industria útil, clasificamos los siguientes grupos con sus respectivos números de ciudadanos y representaciones porcentuales (Tabla 5):
Tabla clasificatoria y porcentual de «ocupaciones» de los ciudadanos empadronados en el Censo Cívico de 1826
Artesanos
945
40,84%
Comerciantes y abastecedores
517
22,34%
Propietarios
227
9,81%
Industriales
179
7,74%
Empleados (del Estado)
145
6,27%
Funcionarios (eclesiásticos)
93
4,02%
Funcionarios (cívicos)
65
2,81%
Profesionales
61
2,64%
Servidores administrativos
39
1,69%
Funcionarios (militares)
25
1,08%
Vendedores
18
0,78%
Total
2314
100%
Tabla elaborada por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
Luego de identificar y agrupar las «ocupaciones» del Censo Cívico, podemos afirmar que la ciudadanía limeña de 1826 estuvo representada por una abrumadora mayoría de «artesanos», es decir, personas dedicadas a la producción manual de bienes de autoconsumo, en su mayoría, utilitarios. En segundo lugar, por «comerciantes», esto es, sujetos dedicados a organizar y administrar una red de fuerza de trabajo a través de un flujo capital para producir bienes a menor costo y en menor tiempo, sin pérdida de la calidad artefactual debido a la contratación de «artesanos» (Quiroz, 2008, p. 17). Estos son seguidos por «propietarios», ciudadanos poseedores de inmuebles y tierras, generadores de rentas o ganancias en ventas, según su arrendamiento o su uso comercial87. En cuarto lugar se ubican los «industriales»88, ciudadanos con oficios de exclusivo desempeño físico, dedicados a la extracción de recursos, a un servicio público o una actividad manufacturera dentro de una cadena de producción. En el quinto lugar y con un notorio 6,3%, se posicionan los empleados de los distintos despachos e instituciones estatales, a estos se adjuntan los funcionarios de la esfera cívica, eclesiástica y militar, así como algunos servidores administrativos, los cuales suman un total de 375 ciudadanos, un relevante 16,2% del electorado.
Debemos de considerar que el ejercicio de muchos de estos oficios estuvo reservado o dividido según las necesidades de los grupos estamentales indígena o criollo. Los gremios de oficios, generalmente los de mayor cantidad de miembros, sostuvieron una constante rivalidad de tipo comercial y de poder interno89. Por ello, el Censo Cívico de 1826 puede dar luces del estado de predominancia entre ambos grupos por cada oficio, así como la trascendental participación ciudadana de afroperuanos en la economía de Lima.
Recordemos que si los requisitos impuestos para sufragar favorecen a una minoría de habitantes de Lima, esto también sucede a menor escala en los subconjuntos políticos y económicos de la ciudadanía. Para el caso del sistema gremial, el Censo Cívico hizo un extracto de los miembros con mayor solvencia y reconocimiento social de cada oficio o grupos de oficios reunidos en un gremio. Por ello, podríamos afirmar que cada elector-«artesano» posee un relativo grado de representación ciudadana por oficio.
Cabe mencionar que los padrones pueden llegar a cubrir, sino la totalidad, la mayoría de ciudadanos que ejercían un oficio; tal es el caso de los 70 plateros y 26 pintores activos en la ciudad. Puede afirmarse, por tanto, que el derecho a voto para ciudadanos dedicados a un «arte» puede ser, en efecto, según la Constitución de 1823, una facultad ejercida automáticamente para todo un gremio. La actividad «artesanal» de pintores, plateros, escultores, ebanistas, músicos o ensambladores, posee, entonces, no solo un intrínseco prestigio público sino también político, pese a la circunstancia marginal de algunos de ellos.
Debido a que el derecho electoral es ejercido por una mayoritaria sociedad «blanca» criolla, la participación de indígenas y mestizos biológicos resulta intrínsecamente significativa en su condición minoritaria. Por consiguiente, consideramos que una relativa igualdad representativa debe tener como base la relación de sus proporciones a partir de los citados porcentajes 61,5% para ciudadanos blancos, 16,2% para indígenas y 20% para ciudadanos de ascendencia mixta. Su estimable relación entre 2 11/2 1, respectivamente, es la base proporcional sobre la cual identificamos la relativa igualdad representativa en cada oficio, al cual denominaremos de tipo «mixto». Según estas proporciones, la inclinación numérica hacia una etnia sirve como índice de su representatividad política por oficio. Podemos citar, por ejemplo, entre los oficios con mayor número de ciudadanos, el caso de 390 comerciantes, en su mayoría «blancos» criollos (342), con una minoría indígena de 26 ciudadanos; 162 zapateros, con una cantidad avasallante de 65 afroperuanos entre «pardos» (36), «morenos» (11), «cuarterones» (9), «mulatos» (7) y «negros» (2), secundado por 42 indígenas (o «peruanos»); 128 sastres con una disputada mayoría de 42 indígenas frente a 38 «blancos» y 32 afrodescendientes; 156 abastecedores de tipo «mixto», entre los cuales si bien 74 conforman una mayoría de «blancos», hay 49 indígenas y 25 afroperuanos. De acuerdo a esta clasificación y a sus relativas variantes, proyectamos en las siguientes páginas un cuadro de todos los oficios, agrupados según la predominancia representativa de una etnia.
Los oficios con representación mixta son, asimismo, ejercidos por ciudadanos con ascendencia mixta o de «casta». Estos, según señalamos líneas arriba, conforman una minoría dentro del panorama de dominancia criolla, entre los que identificamos al citado grabador don Marcelo Cabello (Tabla 6).
Tabla 6. Tabla clasificatoria y porcentual de «ocupaciones» de los ciudadanos empadronados en el Censo Cívico de 1826
Tabla clasificatoria y porcentual de «ocupaciones» de los ciudadanos empadronados en el Censo Cívico de 1826
La actividad ciudadana circunscrita al perímetro de la muralla de Lima formaba una compleja red comercial, cuyas principales arterias y ejes de intercambio pueden ser expuestos a partir del seguimiento de datos que ofrece el Censo Cívico. La relación pragmática entre el asentamiento de «doctores» y la zona con mayores instituciones gubernamentales de la capital antes mencionada nos sirve de principio para detectar, sobre la base de los datos del censo, un relativo patrón de zonificación de «ocupaciones» u «oficios» que los ciudadanos limeños ejercían en la traza urbana de Lima. La escrupulosa división por barrios del Censo Cívico y la fragmentaria información de los pocos padrones que consignan el ítem de «calle», nos permite afirmar que los barrios fueron las principales unidades organizadoras y administrativas que la municipalidad y el gobierno establecieron para el control de la actividad humana. A partir del tipo y del número de «ocupaciones» por cuartel, ordenamos, en la siguiente tabla, algunos ejemplos representativos de actividades económicas zonificadas, la mayoría de ellas de comercio y producción «artesanal» (Tabla 7).
Tabla cuantitativa y representativa de ciudadanos que ejercen una ocupación por cada cuartel de Lima
Cuartel I
Cuartel II
Cuartel III
Cuartel IV
Cuartel V
Chicheros
1
1
0
0
0
Fundidores
1
0
1
0
0
Relojeros
3
1
0
1
0
Sangradores
2
1
0
2
2
Sombrereros
5
4
0
0
5
Abogados
3
12
1
3
2
Barberos
8
15
3
7
12
Bordadores
1
6
2
0
2
Cajoneros
1
15
5
2
12
Carpinteros
6
25
12
15
17
Cirujanos
1
3
0
3
1
Colchoneros
0
5
1
0
2
Comerciantes
65
155
15
33
122
Eclesiásticos
5
46
14
7
21
Empleados
9
68
15
25
26
Escribanos o notarios
1
11
0
2
5
Func. gubernamentales
6
21
1
6
3
Guitarreros
0
1
0
0
0
Hacendados
7
29
4
7
3
Hojalateros
7
8
0
0
2
Impresores
1
2
0
2
2
Mazamorreros
0
1
0
0
1
Misteleros
0
6
0
1
1
Músicos
0
6
3
3
6
Pasteleros
1
2
0
1
2
Pelloneros
0
1
0
0
1
Petateros
0
9
1
0
2
Pintores
2
10
3
6
4
Plateros
7
36
9
3
15
Silleros
3
7
1
1
4
Abastecedores
7
20
63
2
35
Camaleros
0
1
9
0
1
Herreros
1
1
6
4
3
Veleros
0
1
3
1
2
Yerbateros
0
0
4
1
4
Panaderos
1
2
2
5
5
Plumarios
0
0
0
2
1
Alarifes
0
3
1
2
8
Botoneros
3
7
2
0
8
Camaroneros
0
0
3
0
7
Chacareros
0
2
7
11
16
Chocolateros
3
2
0
2
6
Cigarreros
6
21
11
19
30
Escueleros (maestro 1ras letras)
1
2
0
1
3
Molineros
0
0
0
0
5
Pulperías
2
21
18
9
23
Talabarteros
0
3
0
0
8
Zapateros
14
50
22
17
59
Zurradores
1
0
1
0
3
Tabla elaborada por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
Nótese que los recuadros sombreados están organizados para visualizar el mayor índice de ciudadanos dedicados a una ocupación por cada cuartel.
Ampliamente, el Cuartel II es el eje urbano sobre el cual se reúne la relativa mayoría de ciudadanos con más alto poder político (nótese el índice de eclesiásticos, abogados, empleados y funcionarios gubernamentales) y económico de la capital (nótese el índice de comerciantes y hacendados). Es, además, el centro gravitatorio de ciudadanos dedicados a una labor «artesanal», cuyo principio de proximidad pudo depender, entre muchos factores, del tipo de oficio y del público o instituciones demandantes. Así, en el Cuartel II, entre los oficios con un amplio número de ciudadanos respecto a los demás cuarteles, tenemos a maestros bordadores, carpinteros, hojalateros, misteleros, músicos, petateros, pintores, plateros, sastres y silleros, es decir, personas dedicadas a producir objetos satisfactorios de las necesidades estéticas, suntuosas y de confort de la élite limeña.
El censo registra un amplio número de ciudadanos de San Lázaro dedicados a una «artesanía», cuyo índice refleja, además de una importante representación ciudadana, una notable actividad comercial, la cual suele secundar a la del Cuartel II, como en el caso de comerciantes, carpinteros, cajoneros, músicos y panaderos, este último, a su vez, ejemplifica el principio de proximidad por factor de abastecimiento entre los cinco molinos y las cinco panaderías de San Lázaro. Se suma, también, la actividad de zapateros afroperuanos, gremio con mayor número de miembros de Lima, la mayoría establecidos en el B. 5°, al igual que los cigarreros. Del mismo modo, una mayoría de pulperos de la ciudad se sitúan en este cuartel, concentrados principalmente en el B. 1°, aledaño al puente que conecta con la ciudad. Igualmente, los alarifes afrodescendientes y botoneros indígenas de Lima se concentran en el B. 8° de Malambo, y los camaroneros indígenas en el B. 5°.
Ítem 7. Ciudad natal
Los Inspectores de Barrio solo consignan la ciudad o pueblo natal de 323 ciudadanos del total de 2370, ocho de los 39 padrones. El ítem de «patria», con el cual se puede supervisar la legalidad de extranjeros nacionalizados, no es un factor prioritario del Censo Cívico, excepto si se considera que determinados barrios hayan sido puestos en la mira por el municipio y el gobierno central por la presencia de extranjeros ilegales, probablemente españoles detractores del sistema republicano, pues de los cinco extranjeros nacionalizados solo siete son reconocidos por españoles, seis de los cuales habitan en el Cuartel I. 190 ciudadanos son naturales de Lima, 85 del interior del país, la mayoría provenientes de capitales provinciales. Entre los connacionales del interior 21 y 16 proceden de provincias surandinas y norandinas, respectivamente, y 17 de pueblos de la costa norte. Cabe resaltar la presencia de los ciudadanos don Pedro Diestra, sastre del B. 2° C I, y don Gavino Pizarro, comerciante del B. 2° C II, naturales de Chachapoyas, así como don Juan Macho, comerciante del B. 1° C I, natural de la «montaña».
Los ciudadanos extranjeros proceden en su mayoría del continente americano. De los 31 registrados, nueve provienen de «Chile» y cinco de «Guayaquil». Los extranjeros europeos comprenden un número de 17, ocho de ellos natales de España y cinco de Italia.
Presentamos, a continuación, una lista detallada de las «patrias» o pueblos natales consignados en el censo y las sumas porcentuales según las nacionalidades identificadas (Tabla 8, Tabla 9, Tabla 10, Tabla 11).
Tabla cuantitativa de ciudadanos por pueblos descentralizados que registra el Censo Cívico de 1826
Andahuaylas
1
Piscobamba
1
Tarma
2
Chancay
1
Surco
1
Conchucos
3
Chiclayo
1
Yauli
1
Huaraz
3
Huacho
1
Yauyos
1
Piura
1
Huánuco
1
Yungay
1
Cusco
4
Ica
1
Cajamarca
2
Trujillo (o Bolívar)
14
Junín
1
Cajatambo
2
Arequipa
6
Loja
1
Chachapoyas
1
Huamanga
7
Montaña
1
Huancayo
2
Lambayeque
7
Nazca
1
Huaylas
2
Jauja
7
Nepeña
1
Moquegua
2
Tabla cuantitativa de ciudadanos por pueblos americanos que registra el Censo Cívico de 1826
Brasil
1
Colombia
2
Buenos Aires (Argentina)
1
Panamá
2
Chiloé (Chile)
1
Salta (Argentina)
3
La Paz (Bolivia)
1
Quito (Ecuador)
4
Loja (Ecuador)
1
Guayaquil (Ecuador)
5
«Porteño» (Argentina)
1
Chile
9
Tabla cuantitativa de ciudadanos por pueblos europeos que registra el Censo Cívico de 1826
Cataluña
1
Francia
1
Portugal
1
Galicia
2
Italia
2
Génova
3
España
7
Tabla porcentual de procedencia de los 323 ciudadanos que registran el ítem de «patria»
Ciudadanos limeños
190
58,82%
Ciudadanos de provincia
77
26,32%
Ciudadanos extranjeros de Europa
17
5,26%
Ciudadanos extranjeros de América
39
9,60%
Tablas elaboradas por Omar Esquivel, de acuerdo a los padrones del Censo Cívico de 1826.
Pese a la fragmentaria información que brinda el Censo Cívico de 1826, este cumple con un rigor de registro identificativo probatorio de la legitimidad de la ciudadanía política de los 2370 limeños inscritos, ampliamente diferenciado de los improvisados padrones, como los de San Sebastián (1825), dedicados al repase de una consabida pléyade de ciudadanos. El censo de 1826 cumple con el objetivo de incorporar a un considerable número de ciudadanos artesanos de origen mestizo, de acuerdo al mecanismo gaditano de sufragio indirecto, por cierto establecido desde este año hasta 1896. Las intenciones demagógicas de la Junta de Gobierno de Bolívar y del propio Libertador proponen por ello, a su vez, una de las efectivas herramientas de representación «popular» luego de los erráticos intentos del Protectorado por instituir el sufragio directo.
La individualidad suscrita en cada padrón lleva consigo la huella palpitante del pensamiento y del temperamento personal de cada Inspector de Barrio, pese a su carácter y objetivo registral, lo que hace de este documento un orgánico testimonio social de la ciudadanía de Lima en 1826. Según examinamos, la cotidianeidad y sobreentendimiento de los términos o calificativos empleados por los escritores de cada padrón, puede generar una o un sinfín de hipótesis sobre la compleja dinámica social de la Lima decimonónica y de su actividad política, muchas veces reducida a una aparente pasividad.
Referencias bibliográficas
Archivos consultados
Archivo Arzobispal de Lima AAL
Archivo General de la Nación AGN
Archivo Histórico Municipal de Lima AHML Biblioteca Nacional del Perú (Fondo antiguo) BNP
Bibliohemerografía
Academia Española 1817 Diccionario de la lengua castellana por la Academia Española. Madrid: Imprenta Nacional.
Aljovín, Cristóbal & Sinesio López (ed.) 2005a Historia de las elecciones en el Perú: estudios sobre el gobierno repre- sentativo. Lima: Instituto de Estudios Peruanos.
Bolívar, Simón 2009. Doctrina del Libertador (tomo 1). Caracas: Fundación Biblioteca Ayacucho.
De Quirós, Mariano Santos 1831 Colección de leyes, decretos y órdenes publicadas en el Perú (tomo 1). Lima: Imprenta de José Masías.
De Quirós, Mariano Santos 1832 Colección de leyes, decretos y órdenes publicadas en el Perú (tomo 2). Lima: Imprenta de José Masías.
De Schutz, C. Damián & Juan Moller 1853 Guía de domicilio de Lima y del Callao para el año de 1853. Lima: Imprenta de Eusebio Aranda.
Del Águila, Alicia 2010 La República Corporativa. Constituciones, ciudadanía corporativa y política (Perú 1821-1896) (tesis doctoral inédita). Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima.
Escobedo, Jorge 1785 División de quarteles y barrios è instruccion para el establecimiento de alcaldes de barrio en la capital de Lima. Lima: s.e.
Fuentes, Manuel A. 1863 Guía de domicilio de Lima para el año de 1864. Lima: Imprenta de Manuel Atanasio Fuentes.
García-Bryce, Íñigo 2008 República con ciudadanos: los artesanos de Lima, 1821-1879. Lima: Instituto de Estudios Peruanos.
Harth-Terré, Emilio & Alberto Márquez Abanto 1962 Perspectiva social y económica del artesano virreinal en Lima. Revista del Archivo Nacional del Perú, XXVI(2), 353-446.
Macera, Pablo 1972 Tierra y Población en el Perú (ss XVIII-XIX) (tomo 3). Lima: Semi- nario de Historia Rural Andina.
Matías Maestro & Gregorio La Rosa 1822 Plano de la ciudad de Lima. Dibujo en tinta sobre papel. 45.6 cm x 66.6 cm [código XP 85 32 M15 en la BNP].
Moreno Cebrián, Alfredo 1981 Cuarteles, barrios y calles de Lima a fines del siglo XVIII. Jahrbuch für Geschichte Lateinamerikas. Anuario de Historia de América Latina, 18(1), 97-161.
O’leary, Daniel F. 1883 Memorias del General O'Leary (tomo II). Caracas: Imprenta de El Monitor.
Ortemberg, Pablo 2006 Celebración y guerra: la política simbólica independentista del general San Martín en el Perú. En Viejas y nuevas alianzas entre América Latina y España (XII Encuentro de Latinoamericanistas Españoles) (pp. 1269-1291). Madrid: Consejo Español de Estudios Iberoamericanos.
Paniagua, Valentín 2003 Los orígenes representativos del Perú. Lima: Fondo Editorial PUCP.
Quiroz, Francisco 1991 Gremios coloniales peruanos. Lima: Seminario de Historia Rural Andina-UNMSM.
Quiroz, Francisco 1995 Gremios, razas y libertad de industria en Lima colonial. Lima: Facultad de Ciencias Sociales-UNMSM.
Quiroz, Francisco 2008 Artesanos y manufactureros en Lima colonial. Lima: Instituto de Estudios Peruanos.
Salinas, Alejandro 2002 Ideólogos e iconografía de la Independencia del Perú. Lima: Semi- nario de Historia Rural Andina.
[Sobre el autor]
Omar Gonzalo Esquivel Ortiz
Peruano. Licenciado y candidato a magister en Historia del Arte de la Universidad Nacio- nal Mayor de San Marcos (UNMSM). Desde 2013 es investigador y curador de planta en el Instituto Seminario de Historia Rural Andina - Facultad de Ciencias Sociales - UNMSM. Sus temas de investigación se enmarcan dentro del periodo intermedio entre el Virreinato y la República. Ha publicado el libro Un retrato de Bolívar. Estudio introductorio a la obra del pintor afroperuano Pablo Roxas (2015) y artículos sobre escultura peruana en el siglo XX. En 2016 fue curador de la muestra Marcelo Cabello, grabador de Lima virreinal y Lima independiente.
Notas
Primera: «Contrato por el cual uno vende y otro compra el derecho de percibir una pensión anual» (Real Academia, 1817, p. 194).
Documento Nº 24 de los Registros Cívicos del Archivo Histórico Municipal de Lima (en adelante, AHML). Agradecemos la ayuda de Sandro Covarrubias y de Luis Ordinola, encargado y bibliotecario, respectivamente, del Archivo Histórico Municipal de Lima.
Celebrados el 30 de diciembre de 1821, con juramento del 1 de enero. Libro de Cabildos de Lima N.º 45, f. 103.
Véase Matías y La Rosa (1822 Ca.).
37 años después de que Jorge Escobedo formalizara la primera red de cuatro cuarteles para organizar el recaudo de impuestos, seguridad y ornato de las calles y, asimismo, evitar cualquier tipo de conspiración indígena (Escobedo, 1785)
Unanue asumió el cargo el 22 de julio, luego del deceso de Sánchez Carrión.
«Dado en la Sala del Congreso en Lima, á 3 de febrero de 1824» (De Quirós, 1832, pp. 13-15).
Acta de Cabildo, 28 de abril de 1825. Libro de Cabildos de Lima Nº 46, f. 45v.
La «Capitación General» de Lima de 1824 fue un censo de recaudo de fondos para suministrar al ejército de Bolívar en Lima y al abandonado Ejército de los Andes en la Fortaleza Independencia (o Real Felipe), que pudo efectuarse en los Barrios 1° y 3° del Cuartel I, pero que abortó rápidamente debido a la demora en el empadronamiento de los demás barrios y el rápido asedio de los realistas en la ciudad.
Acta de Cabildo, 11 de mayo de 1825. Ibíd.: 47v. Parroquia de San Sebastián
Este padrón consta de 12 folios (Registros cívicos, caja N° 1, doc. 019, f. 38-49, AHML), registra una lista de ciudadanos y jurisdicciones que no está incluida en el Censo Cívico de 1826, por lo que sugerimos su indispensable complementariedad. Asimismo, junto con este padrón se levantó la matrícula de electores de la Parroquia de Santiago del Cercado. Ibíd.: 22-29, AHML.
Retrato perteneciente a la mano del pintor «quarterón» Pablo Roxas, realizado entre febrero y marzo de 1825.
Acta de Cabildo, 7 de junio de 1825. Libro de Cabildos de Lima Nº 46, f. 50v.
Según señala el Consejo de Gobierno, el 21 de junio, sobre la base de la orden que emitió Bolívar el 20 de mayo desde Arequipa (De Quirós, 1832, p. 126), pero cuya emisión al municipio postergó hasta el 30 de julio, «pasado / el dia veinte y ocho anniversario de la Yndependencia». Acta de Cabildo, 30 de julio de 1825. Libro de Cabildos de Lima Nº 46, f. 61.
Decreto del 21 de junio de 1825. Ibíd.: 126.
De acuerdo al informe elevado al Supremo Gobierno por Don Mariano Manfarres, Presidente del Colegio Parroquial de San Lázaro: «Los demas que no se mencionan en esta relación [de electores], y apa/recen en el Rexistro Civico, han informado los Ynspecto/res de los Barrios, qe. unos se han muerto, otros se han mudado a otras Parroquias, otros aucentes, y otros no tienen / de que subsistir». Lima Ag.to 18. de 1825». Registros cívicos, caja N° 1, doc. 019, f. 36, AHML.
En la Parroquia de Santa Ana un grupo de ciudadanos exigió la nulidad de las elecciones, pero por motivos de distinta naturaleza, relacionado al escrutinio de los votos, realizado por la noche, con ausencia de resguardo en el área de sufragio donde se ubica el «arca de tres llaves» (De Quirós, 1832, p. 158). El Consejo de Gobierno solo reconoció para este caso el «desagrado» causado por ambas faltas, pero no anuló las elecciones.
Registros cívicos, caja N° 1, doc. 019, f. 33, AHML.
Acta de Cabildo, 10 de setiembre de 1825. Ibíd.: 68.
Acta de Cabildo, 7 de setiembre de 1825. Ibíd.: 67.
Acta de Cabildo, 12 de setiembre de 1825. Ibíd.: 68.
El 7 de setiembre: «...se elijan de Ynspectores de Barrio solo á los mayores de sincuenta años en / cuya edad estan libres de alistamiento». El 16 de setiembre: «Se recivió una nota del Señor Prefecto transcriviendo la Suprema Resolucion para que los Ynspectores y celadores de Barrios menores de sincuenta años sean inmediatamte. / [69] relevados: se transcrivió para su cumplimiento á los Señores Ynspectores de Cuartel y se acor/dó contestar asi á dicho Señor». Acta de Cabildo, 16 de setiembre de 1825. Ibíd.: 68v
Acta de Cabildo, 30 de agosto de 1825. Libro de Cabildos de Lima Nº 46, f. 66.
Acta de Cabildo, 23 de setiembre de 1825. Ibíd.: 69v.
De manera similar a lo sucedido durante las municipales de 1813.
Los fragmentos citados en los dos párrafos anteriores corresponden al expediente y resolución que emitió el Supremo Consejo de Gobierno (De Quiros, 1832, pp. 162-164).
«...que se proceda á nueva eleccion á la mayor brevedad como lo ordena / el Supremo Gobierno fromandose al efecto un nuevo registro civico por un Alcalde [el Doctor Don Pascual Antonio Garate], y un / Procurador Sindico [Don / Juan Manuel Campoblanco]; con intervencion de cuatro ciudadanos honrrados é imparciales...». Acta de Cabildo, 30 de setiembre de 1825 (De Quirós, 1832, p. 71).
Registros cívicos, caja N° 1, doc. 019, f. 1, AHML.
Reunidos en un expediente de 15 folios. Ibíd.: f. 15v.
Acta de Cabildo, 9 de octubre de 1825. Libro de Cabildos de Lima Nº 46, f. 74.
Un acta de Cabildo de 18 de noviembre, declara que en tal fecha había caducado por 15 días el plazo de un mes dado por el Supremo Gobierno «para la / formacion del Censo de la Capital». Ibíd.: f. 79v.
El crecimiento demográfico del Barrio de San Lázaro y el conflicto entre los estamentos de criollos y «de casta», puede detectarse a partir del Acta de Cabildo del 28 de junio de 1825, por la cual el inspector del Cuartel V (de San Lázaro) «apoya» la solicitud (o más bien reclamo) para impedir el establecimiento de una Escuela Lancasteriana en el disuelto leprosorio de San Lázaro, u «Hospital de Lazarinos» (1822), debido a un «cresido numero de vecinos» (Acta de Cabildo, 28 de junio. Ibíd.: 54v), y para evitar la «eposición (sic) del / vesindario á que concurran la juventud en ese lugar infestado». Acta de Cabildo, 19 de agosto de 1825. Ibíd.: f. 64.
Acta de Cabildo, 25 de noviembre de 1825. Ibíd.: 80v.
Ibíd.
Acta de Cabildo, 29 de noviembre de 1825. Ibíd.: f. 81.
No se incluye a la Parroquia del Cercado, ni por ello al Cuartel III. Acta de Cabildo, 4 de enero de 1826. Ibíd.: f. 84v.
«...una Nota del Señor Prefecto hecha presente por el Se/ñor Alcalde por la que se manda la remision del Rejistro Civico / de las Parroquias para la eleccion de Municipales se mandó instru/ir de ella á los Señores Comisionados que aun no han evaquado los / padrones que les fueron encomendados, remitiendose en el dia los / que ecsisten en esta Secretaria». Acta de Cabildo, 31 de enero de 1826. Ibíd.: f. 88v.
«Se recibio una nota del Señor Prefecto á fin de que dentro de tercero dia (sic) se remitan / rejistros civicos y los Padrones de contribucion que se pidieron en quince y diez / y seis del proximo pasado se mandó transcribir á los Señores Ynspectores de Cuartel / para su cumplimiento». Acta de Cabildo, 3 de marzo de 1826. Ibíd.: 93.
Acta de Cabildo, 21 de abril de 1826. Ibíd.: 98v.
Documento Nº 24 de los Registros Cívicos del AHML.
Se coloca comillas dado que no se le nombra como Parroquia de El Sagrario de la Catedral Metropolitana.
A este mismo orden corresponden las numeraciones correlativas y crecientes entre los folios y los barrios, excepto el caso del Barrio 9° del Cuartel IV, con folio equívoco y anterior al Barrio 8°.
En el Censo de 1826 no se incluyen los padrones de los barrios: B. 10. ° C. I, ni B. 1. ° C. IV, correspondientes a San Marcelo.
1813 y 1827 estipularon para Lima
Adscrita a la Parroquia de Santa Ana luego de la expulsión de los jesuitas.
Acta de Cabildo, 31 de enero de 1826. Libro de Cabildos de Lima Nº 46, f. 88v.
Acta de Cabildo, 3 de marzo de 1826. Ibíd.: 93-3.
Por el Inspector de Barrio, don José Peña, también empleado por don Manuel Márquez (B. 2.° C. 4).
Por el Inspector de Barrio, don José María Varela, también empleado por don Toribio Echeandía (B. 11.° C. 2).
Por el Inspector de Barrio, don José Domingo Castro.
Por el Inspector de Barrio, don Manuel Bazán.
El 12 de agosto, durante las primeras elecciones nacionales para elegir a los congresistas, el sufragio de los ciudadanos del Colegio Parroquial (electoral) de San Lázaro fue impugnado de forma violenta por indicios de fraude en el nombramiento de ciudadanos. Junto con este, y de modo similar, se suspendieron las elecciones en Puno. La protesta ante la informalidad de los registros cívicos de San Lázaro y de Puno impulsaron el escrupuloso levantamiento de nuevos padrones en 1826, los cuales formaron parte del Censo Cívico de 1826. Este tópico es desarrollado en el siguiente volumen de la presente serie.
Recuérdese que en 13 de agosto se insta el juramento a «las personas que hubiessen prestado ya el Juramento... los menores de quince años; Esclavos; é Yndividuos libres de la Plebe» Gobiernos distritales, doc. Nº 005, f. 98, AHML.
Como aquellos «padrones que estaban a la vista», empleados en las elecciones municipales de 1825. Acta de Cabildo, 11 de mayo de 1825. Libro de Cabildos de Lima Nº 46-47v.
Acta de cabildo, 5 de enero de 1824. Libro de Cabildos de Lima Nº 45, f. 171.
Incluimos los demás tipos de establecimiento con el correspondiente número de ciudadanos habitantes en cada uno: almacén 1, chichería 1, callejón 2, esquinas 2, fondas 2, lecherías 2, molinos 2, pastelerías 2, plaza de toros 2, hospitales 3, huertas 3, tambos 3, camal 4, cocheras 4, cabildo 5, cuarto 6, panaderías 6, boticas 9, chinganas 20, solares 28, pulperías 34, altos 44.
21 de los 39 padrones están sectorizados por calles.
Citamos, por ejemplo, las calificaciones de José Herencia (Barrio 3º Cuartel II), José Larrainzar (Barrio 4º Cuartel II), Manuel Gutiérrez (Barrio 6º Cuartel II), Marcos Meléndez (Barrio 8º Cuartel II), Francisco Ladrón de Guevara (Barrio 10º Cuartel II) y Toribio Echeandía (Barrio 11º Cuartel II). Todas estas clasificaciones indican un tipo de conservadurismo dentro del perimetraje cercano al vecindario institucional de Palacio de Gobierno, Catedral y Cabildo, esfera que también comprende la Biblioteca Pública, la Aduana, el Museo de Latinidad, el Monasterio de la Concepción, el Monasterio de Santa Rosa, la Universidad San Marcos, el Congreso y el Hospital San Andrés, zona de personalidades letradas coincidente con el vecindario de «Doctores» que señalaremos en líneas siguientes. Este mismo filtro étnico-social se observa entre los límites del Cuartel II y III, a través de los registros de José Manuel Aedo (Barrio 1º Cuartel III) y Aniceto Igarza (Barrio 3º Cuartel III), así como en la comunidad de «peruanos» (indígenas), registrados por José Gómez (Barrio 4º Cuartel III) y Juan Manriques y Pariaquiliche (Barrio 5º Cuartel III), pertenecientes a la entrada y núcleo del conocido Barrio de Santiago de Indios.
59 El Inspector identifica solo a tres ciudadanos eclesiásticos, catalogados como «don»: don Pedro Carrillo, don José Alzamora y don Luis Naranjo.
60 Daza identifica a don José Calatayud, «Propietario de fincas», como único habitante con la categoría «Don».
Mariano Orué, Jose Gúe (sic), Manuel Mena, Francisco Garrido, Esteban De las Casas, José Pérez (B. 3.° C. II); Bernabel Tagle, Francisco Trejo (B. 4.° C. II); Lucas Pelliser, Ignacio Morales (B. 11.° C. II); José Tamarria, Mariano B[_]a (B. 1.° C. III); Domingo De La Fuente (B. 2.° C. III); Francisco Erazo (B. 8.° C. IV); Pedro Carrillo (B. 2.° C. V); José Rivera, Pablo Borda (B. 3.° C. V).
Manuel Jesús Gonzales (B. 1. ° C. I); Mariano Quiroz, Gaspar Antonio Aguirre, Antonio Castro y Artiaga, Manuel Ruiz Dávila, Antonio Amezaga, Pedro José Leiva, Manuel Berazar, Manuel Pérez Tudela, Manuel Chávez (B. 3. ° C. II); Lorenzo Soria (B. 3. ° C. V); Juan Manuel Campoblanco (B. 6. ° C. V).
Juan De Mata (B. 6. ° C. IV) y Agustín Paderes (sic) (B. 4. ° C. II), respectivamente. Este último de «casta»:«chino».
El «mulato» Dr. Dn. José Manuel Valdés (B. 7.° C. II).
Tres de 17 años: Julian Mieses, Mariano Gallegos, Pedro Mispireta. Cuatro de 18: Lucas Carbajal, Ygnacio Mariategui, Bernardino Jordan, Manl. Urriola. Dos de 19: Manuel Ribera, Franco. Migl. Carte. Tres de 20: Manuel Concha, Migl. Noriega, Felipe Serna. A Lorenzo Cartajena (21), Tiburcio Sans (22) y Blas Mariátegui (23).
Sea por ausencia de datos o por ilegibilidad del manuscrito.
El ciudadano de mayor edad es don Carlos Frias, chacarero soltero de 96 años, catalogado «blanco», habitante de la Calle del Pozo (B. 6. ° C. V).
Edad que identificamos en 30 años, cifra que los Inspectores de Barrio tienden a redondear según un aparente convencionalismo.
También denominado por Pablo Ortemberg como «Incaismo lírico» (2006, p. 1273).
«Discurso de Angostura». 15 de febrero de 1819 (Bolívar, 2009, p. 129).
«Un Americano Meridional». 6 de setiembre de 1815. Ibíd.: 66. Así como «El Americano», en un ensayo entregado a la Gaceta Real de Jamaica. Ca. 28 de setiembre de 1815. Ibíd.: 88.
«Todo americano habitante de esta capital, desde la edad de 15 años hasta la de 55, que en el término de tres dias no sse haya alistado en alguno de los cuerpos cívicos, será destinado á servir por seis años en el ejercito á racion y sin sueldo». Decreto del 4 de octubre de 1822 (De Quirós, 1831, p. 268).
Tesorería y propios. Caja N° 21, doc. 179, f. 54, AHML.
Nacida el 1 de enero de 1805. Libro de actas bautismales N° 17 de El Sagrario (1799-1814), f. 75v, AAL.
Nacido el 4 de julio de 1807. Libro de actas bautismales N° 11 de San Marcelo (1797-1813), f. 149v, AAL.
Nacido el 19 de mayo de 1808. Libro de actas bautismales N° 12 de Santa Ana (1797-1813), f. 156, AAL.
Nacido el 2 de mayo de 1811. Ibíd., f. 267.
Libro actas matrimoniales Nº 11 de El Sagrario (1785-1846), f. 120v, AAL.
Libro actas matrimoniales Nº 5 de San Lázaro (1750-1790), f. 231v, AAL.
Ibíd.
Ver el acápite Las elecciones impugnadas de 1825 y la demagogia bolivariana en el siguiente volumen.
De los cuales no se ha consignado la identidad étnico-social de uno de ellos.
El término «estimación» es empleado por Gregorio de Cangas en su Descripción en diálogo de la ciudad de Lima (1770). A través del «peruano práctico», un alter ego, señala los factores de «sangre», «estimación» y «color» como criterios que gobiernan el pensamiento estamental de la sociedad borbónica. Considera que la «estimación» es un prestigio social que cada individuo forja de acuerdo a las posibilidades y los límites intrínsecos a su identidad étnica.
«OFICIO. s.m. La obra que cada uno debe hacer, y en que está ocupado, segun el lugar y estado que tiene». Ibíd.: 610.
«OFICIO. El trabajo y exercicio en que se emplean varios artífices, según las reglas del arte que cada uno profesa, como el oficio de ebanista, herrero, etc». Ibíd.
«OCUPACION. Trabajo ó cuidado que impide emplear el tiempo en otra cosa distinta de él». Ibíd.: 609.
Consideramos dentro de este grupo a los ciudadanos registrados como: arrendador, bodeguero, boticarios, chinganeros, fonderos, molineros, dueño de finca, dueño de panadería, fincado, fondero, hacendado, encomendero, maestro de hacienda o propietario, pulperos y tamberos.
Este grupo se integra por: amasador, arrieros, aserradores, ayudantes de plaza, borriqueros, camaleros, camaroneros, cargador, carniceros, carretoneros, chacareros, chasqueros, enfardeladores, franjeros, horneros, hortelanos, jardineros, jornaleros, labradores (o agricultores), lomero, mineros, picadores, tiradores y zurradores.
Puede revisarse Castas, compañías y libertad de industria, tercera parte Quiroz (1995, pp. 60-70).